Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03381/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "II AMALIASAJONIA"
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Ayuntamiento de Santa Amalia

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profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
Artículo 2.- El Programa Colaborativo Rural " II AMALIASAJONIA" se regirá por las normas legales de carácter general que le
sean de aplicación, y se rige por las normas jurídicas administrativas y laborales propias de la administración laboral. El
presente reglamento regula la organización y el funcionamiento interno del programa. Se trata de una normativa
complementaria al Estatuto del Empleado Público y demás legislación laboral vigente en esta materia.
Artículo 3.- El presente reglamento de régimen interno será de aplicación a los trabajadores que presten sus servicios en el
Programa Colaborativo Rural "II AMALIASAJONIA".
El ámbito temporal de este reglamento disciplinario coincidirá con el periodo de tiempo en el que se desarrollen las
actividades que integran el programa.
Capítulo II.- Derechos y deberes
Artículo 4.- Derechos de los alumnos/trabajadores.
Son derechos de los alumnos/as-trabajadores:
1. El respeto a su dignidad personal y a su conciencia cívica, moral y religiosa.
2. Ser formados en condiciones de libertad y dignidad, en la comprensión y en la tolerancia.
3. Formular ante la dirección y personal docente cuantas iniciativas, sugerencia y reclamaciones
estime oportunas.
4. Una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
5. La adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado
de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación y
recibir orientación profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, profesional y
social de acuerdo con sus capacidades, aspiraciones e intereses.
6. Ser formados de acuerdo con unas adecuadas condiciones de seguridad e higiene en el
trabajo.
7. Elegir de forma democrática a sus representantes, encargados de hacer llegar al equipo
directivo todas aquellas cuestiones que consideren de interés.

Artículo 5.- Deberes de los alumnos-trabajadores:
1. Asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, de acuerdo con las
normas de funcionamiento notificadas por la dirección en función del proyecto aprobado por el
Ayuntamiento y su normativa de aplicación – Programa Colaborativo Rural " II AMALIASAJONIA" (duración del
contrato, vacaciones remuneradas, jornada laboral, horario semanal, descansos, etc.).
2. Respetar la dignidad y funciones de cuantos trabajan en el programa.
3. Cumplir con las obligaciones del plan de formación y realizar de forma responsable las tareas que se
derivan del mismo.
4. Respetar los horarios y cumplirlos con puntualidad.
5. Participar activamente tanto en el trabajo como en las clases teóricas.
6. No discriminar por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
7. Cumplir las orientaciones dadas por los monitores, profesores o dirección.
8. Obligación de observar las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene en el trabajo.
9. Utilización del material individual suministrado por el programa (ropa de trabajo, botas, medidas de
seguridad e higiene, herramientas, material didáctico, etc) será obligatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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