Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03326/2023)
Bases para la selección de un/a Técnico de Sonido para el Excelentísimo Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 3326/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Los Santos de Maimona (Badajoz)
Anuncio 3326/2023
Bases para la selección de un/a Técnico de Sonido para el Excelentísimo Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
MANUEL LAVADO BARROSO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA, EN EL EJERCICIO DE
LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 21.1.G) DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES
DE RÉGIMEN LOCAL, HA RESUELTO CONVOCAR MEDIANTE DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 19 DE JUNIO DE 2023 EL
SIGUIENTE PROCESO DE SELECCIÓN:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A TÉCNICO DE SONIDO PARA EL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA.
Primera.-Objeto de la convocatoria:
El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria para la selección de una plaza de Técnico
de Sonido para el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, así como de las normas que regulan la lista de
espera durante el periodo de duración del contrato en régimen de personal laboral temporal.
Segunda.- Duración del contrato:
La duración del contrato será de 12 meses.
La jornada laboral será del 100%, en el horario establecido por el Concejal de Personal y Concejal de Cultura.
Tercera.- Retribuciones:
Las retribuciones serán las correspondientes al grupo B vigente para el 100% de la jornada.
Cuarta.- Funciones a desempeñar y características de puesto:
Las propias del puesto de trabajo a desempeñar.
Quinta.- Requisitos de los aspirantes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 16 años y y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
e) Estar en posesión de tarjeta de demanda o mejora de empleo del Servicio Público de Empleo de
Extremadura (SEXPE).
f) Estar en posesión de la titulación de Técnico Superior en Sonido para audiovisuales y espectáculos.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud de
participación en el correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez finalizado éste, antes de
la formalización del contrato como personal laboral.
No podrán ser contratados como personal laboral quienes no acrediten, una vez superado el proceso
selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y quedarán automáticamente
decaídos en su derecho, quedando sin efecto la totalidad de las actuaciones relativas a los mismos.
Sexta.- Solicitudes y preselección:
La preselección se hará del siguiente modo:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Los Santos de Maimona (Badajoz)
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MANUEL LAVADO BARROSO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA, EN EL EJERCICIO DE
LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 21.1.G) DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES
DE RÉGIMEN LOCAL, HA RESUELTO CONVOCAR MEDIANTE DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 19 DE JUNIO DE 2023 EL
SIGUIENTE PROCESO DE SELECCIÓN:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A TÉCNICO DE SONIDO PARA EL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA.
Primera.-Objeto de la convocatoria:
El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria para la selección de una plaza de Técnico
de Sonido para el Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, así como de las normas que regulan la lista de
espera durante el periodo de duración del contrato en régimen de personal laboral temporal.
Segunda.- Duración del contrato:
La duración del contrato será de 12 meses.
La jornada laboral será del 100%, en el horario establecido por el Concejal de Personal y Concejal de Cultura.
Tercera.- Retribuciones:
Las retribuciones serán las correspondientes al grupo B vigente para el 100% de la jornada.
Cuarta.- Funciones a desempeñar y características de puesto:
Las propias del puesto de trabajo a desempeñar.
Quinta.- Requisitos de los aspirantes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 16 años y y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
e) Estar en posesión de tarjeta de demanda o mejora de empleo del Servicio Público de Empleo de
Extremadura (SEXPE).
f) Estar en posesión de la titulación de Técnico Superior en Sonido para audiovisuales y espectáculos.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud de
participación en el correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez finalizado éste, antes de
la formalización del contrato como personal laboral.
No podrán ser contratados como personal laboral quienes no acrediten, una vez superado el proceso
selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y quedarán automáticamente
decaídos en su derecho, quedando sin efecto la totalidad de las actuaciones relativas a los mismos.
Sexta.- Solicitudes y preselección:
La preselección se hará del siguiente modo:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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