Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mengabril. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03272/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Camping Municipal Mengabril"
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Ayuntamiento de Mengabril

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Disposición adicional primera.
En lo no establecido en el presente Reglamento interno, se estará a lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de
régimen local, normativa del SEXPE o, en su caso, a la correspondiente entidad gestora de la subvención concedida para la
puesta en marcha del proyecto, y demás que resulte de aplicación.
Disposición adicional segunda.
La jurisdicción social es la competente para conocer acerca de las cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que
se puedan suscitar entre la entidad promotora y los alumnos/as-trabajadores/as, así como entre la primera y los integrantes
del equipo directivo-docente.
Disposición adicional tercera.
La entidad promotora, a iniciativa propia o a requerimiento de la Dirección del programa/proyecto, podrá acordar las
modificaciones que estime convenientes al presente Reglamento de régimen interno, con sujeción a los trámites
establecidos para su aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.
Disposición final.
El presente Reglamento de régimen interno entrará en vigor a partir del día de su lectura ante todos los/las alumnas/os del
proyecto, miembros del equipo técnico y docente y personal de apoyo, firma del Alcalde y una vez transcurrido el trámite de
información pública previsto al inicio del presente.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,
de conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, y 10.b) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-.
En Mengabril, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente en funciones, Jesús Gordillo Bueno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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