Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagonzalo. (03062/2023)
Resolución de alcaldía de la autorización para la contratación laboral fija de una plaza de Operario de servicios varios, dentro del proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal
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Ayuntamiento de Villagonzalo

Anuncio 3062/2023

Quinto.- Informar a la representación legal de los trabajadores de la contratación mediante la entrega de una
copia básica del contrato celebrado.
Sexto.- El trabajador queda sujeto, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Séptimo.- Notificar la presente resolución al interesado a los efectos oportunos.
Octavo.- Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, en el Boletín Oficial de la Provincia, en la
sede electrónica https://ayuntamientodevillagonzalo.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento.
Noveno.- Dar cuenta de la presente resolución al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, ante el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento
general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado
En Villagonzalo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Luis Marín Barrero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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