Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (02979/2023)
Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad Urbanística -OAPLU_RESTAURA
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad Urbanística -OAPLU_RESTAURA

ORGANISMO AUTÓNOMO PARA LA PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA
.
El Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2023, aprobó en unanimidad la
gestión del Servicio para la Protección de la Legalidad Urbanística, a través de la figura de Organismo Autónomo Provincial,
así como la creación del Organismo Autónomo Provincial de carácter administrativo, para la Protección de la Legalidad
Urbanística y la aprobación inicial de sus Estatutos.
El expediente fue sometido a información pública y audiencia a los interesado, por plazo de 30 días hábiles, en el Boletín
Oficial de la Provincia de 10 de abril de 2023, y al no presentarse reclamaciones y/o alegaciones, se entiende
definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 49,
concordante con el 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra citado acuerdo de contenido antes expresado, ya definitivo, solo podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOP, de conformidad con lo
establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y los artículos
10 y 46 de la Ley 29/1988, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En virtud de cuanto antecede y de conformidad con lo establecido en los artículos 49, 65.2 y 70.2 de la LBRL, se publica en
anexo, el texto íntegro de los Estatutos reguladores del Organismo Autónomo para la Protección de la Legalidad Urbanística
.
________
Anexo Estatutos
ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA DE LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE BADAJOZ.
ÍNDICE
Título I: Naturaleza, denominación y fines
Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción.
Artículo 2. Ámbito territorial y sede.
Artículo 3. Funciones.

Título II. Órganos de Gobierno y Administración
Capítulo I. Órganos de Gobierno.
Artículo 4. Organización.
Artículo 5. El Consejo Rector.
Artículo 6. Funciones del Consejo Rector.
Artículo 7. Funciones del Presidente.
Artículo 8. Del Vicepresidente y sus funciones.
Artículo 9. Funciones del Gerente.
Capítulo II. Otros órganos.
Artículo 10. La Intervención.
Artículo 11. La Tesorería.
Artículo 12. Secretaría General.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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