Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02794/2023)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Técnico Jurídico, correspondiente a la oferta de empleo público de 2022, mediante el sistema de oposición por promoción interna
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Ayuntamiento de Almendralejo

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b) Tener una antigüedad de al menos, dos años como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala
desde el que se accede.
c) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar cumpliendo la sanción
por dichas faltas.
2.ª.3.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3.ª.1.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a
prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la
Constitución como norma fundamental del Estado, como se recoge en el anexo I a esta convocatoria.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia. Junto a la instancia, solicitando tomar
parte en la selección, el aspirante deberá acompañar la siguiente documentación:
a) Comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de examen.
b) Se deberá acompañar, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para la fase
de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Los documentos presentados para acreditar los
méritos serán originales o copias compulsadas exclusivamente por los Servicios Administrativos del Registro
donde se presente la solicitud. La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al
proceso selectivo, suponiendo, únicamente, su no valoración.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Las personas con discapacidad deberán solicitar, si procede, las adaptaciones de tiempos y medios, conforme a la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
3.ª.2.- Presentación de Instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán obligatoriamente a través
de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
3.ª.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del siguiente a aquél
en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen
publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en
el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.ª.4.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 15,03 euros conforme dispone la vigente Ordenanza
fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias. A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de
examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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