Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (02781/2023)
Convocatoria y Bases de una plaza de Encargado de almacén por contrato de relevo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montijo
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temario que figura como anexo a estas bases, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para
superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
los dos ejercicios indicados, siempre y cuando se haya obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de
ellos, hasta un máximo de veinte.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 28 puntos.
En caso de empate se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el ejercicio segundo de la fase de
oposición; y de persistir el mismo, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Novena.- Lista de aprobados y proceso de nombramiento.
El Tribunal publicará la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en cada fase del presente proceso,
concediéndose un plazo de cinco días hábiles para formular las reclamaciones y/o alegaciones que estimen
oportunas, así como los aprobados por orden de puntuación final total.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación la propuesta de contratación
a favor del aspirante aprobado que haya logrado obtener la mayor puntuación, quedando el resto en una
bolsa de trabajo o lista de espera por si fuera necesario, de duración indefinida, y en caso de ser necesario los
llamamientos se harán por notificación con acuse de recibo, a la dirección indicada por el aspirante en su
solicitud, debiendo el aspirante prestar su conformidad y aportar la documentación necesaria para su
nombramiento en el plazo de 48 horas desde la recepción de la misma. En caso de no prestar la conformidad
o no presentar dicha documentación, se considerará definitivamente excluido de la lista de espera.
Décima.- Presentación de la documentación.
En el plazo de los 10 días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento, el aspirante que figure en primer lugar deberá presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI, debidamente compulsada.
b) Fotocopia de la titulación exigida en la Base Tercera, debidamente compulsada.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o dificulte el ejercicio de las
correspondientes funciones.
e) Juramento o promesa de fiel cumplimiento de las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y a la
Constitución.
f) Certificación expedida por el SEPE que acredite la condición de demandante de empleo, o certificación de
contrato laboral de duración determinada con el Ayuntamiento de Montijo, que extinguirá voluntariamente
en sustitución de la nueva contratación
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Tercera, no podrá ser
contratado, dando lugar a la invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano
de selección con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por
falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta al favor del aspirante que siga en
puntuación.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía efectuará la correspondiente contratación.
Décimo primera.- Incidencias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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temario que figura como anexo a estas bases, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para
superarlo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
los dos ejercicios indicados, siempre y cuando se haya obtenido un mínimo de cinco puntos en cada uno de
ellos, hasta un máximo de veinte.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición)
hasta un máximo de 28 puntos.
En caso de empate se resolverá por la mejor puntuación obtenida en el ejercicio segundo de la fase de
oposición; y de persistir el mismo, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Novena.- Lista de aprobados y proceso de nombramiento.
El Tribunal publicará la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en cada fase del presente proceso,
concediéndose un plazo de cinco días hábiles para formular las reclamaciones y/o alegaciones que estimen
oportunas, así como los aprobados por orden de puntuación final total.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación la propuesta de contratación
a favor del aspirante aprobado que haya logrado obtener la mayor puntuación, quedando el resto en una
bolsa de trabajo o lista de espera por si fuera necesario, de duración indefinida, y en caso de ser necesario los
llamamientos se harán por notificación con acuse de recibo, a la dirección indicada por el aspirante en su
solicitud, debiendo el aspirante prestar su conformidad y aportar la documentación necesaria para su
nombramiento en el plazo de 48 horas desde la recepción de la misma. En caso de no prestar la conformidad
o no presentar dicha documentación, se considerará definitivamente excluido de la lista de espera.
Décima.- Presentación de la documentación.
En el plazo de los 10 días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento, el aspirante que figure en primer lugar deberá presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI, debidamente compulsada.
b) Fotocopia de la titulación exigida en la Base Tercera, debidamente compulsada.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o dificulte el ejercicio de las
correspondientes funciones.
e) Juramento o promesa de fiel cumplimiento de las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y a la
Constitución.
f) Certificación expedida por el SEPE que acredite la condición de demandante de empleo, o certificación de
contrato laboral de duración determinada con el Ayuntamiento de Montijo, que extinguirá voluntariamente
en sustitución de la nueva contratación
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Tercera, no podrá ser
contratado, dando lugar a la invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano
de selección con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por
falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta al favor del aspirante que siga en
puntuación.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía efectuará la correspondiente contratación.
Décimo primera.- Incidencias.
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