Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. (02806/2023)
Bases y convocatoria para la provisión de dos puestos de Dinamizador/a Deportivo/a mediante el sistema de concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 2806/2023
Hasta un máximo de 2 puntos.
7.2.1.3.- Por otros trabajos prestados como monitor o animador deportivo, o trabajos
relacionados con la actividad deportiva en entidades privadas, por cada mes completo
trabajado en jornada laboral completa de al menos 35 horas semanales, 0,025 puntos. Hasta
un máximo de 1,5 puntos.
La suma de los tres sub-apartados anteriores no podrá superar el máximo establecido para el
apartado de Experiencia, establecido en 3 puntos.
En los casos de que el contrato sea por jornada inferior a 35 horas semanales se aplicará la
puntuación en la parte proporcional que corresponda, siempre tomando en cuenta la base de
las 35 horas semanales como jornada completa.
Justificación de estos méritos:
Será necesario presentar fotocopia compulsada del contrato de trabajo o nombramiento,
además de la vida laboral, debiendo encontrarse reflejado en la misma el periodo de trabajo,
así como certificados de empresas referidos a los contratos de trabajo presentados. Se
acompañará igualmente certificación administrativa si se dispusiera de ella, acreditativa de las
funciones desarrolladas.
7.2.2.- Formación.
7.2.2.1- Por Titulación: Por titulaciones universitarias diferentes de las alegadas para el acceso a
la convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos:
Grados o Licenciaturas: 1 punto.
Diplomatura: 0,5 puntos.
Se presentará copia compulsada de los títulos alegados.
7.2.2.2.- Por cursos certificados (donde quede claramente establecido el número total de horas
realizadas) por instituciones públicas, universidades, federaciones deportivas, relacionados con
la actividad física y deportiva hasta un máximo de 2 puntos:
Por doctorados, masters y postgrado específico del ámbito deportivo y su gestión: 0,35 puntos.
Por cursos y jornadas con duración superior a 200 horas: 0,15 puntos por curso.
Por cursos y jornadas con duración de 101 horas a 200 horas ambos inclusive: 0,10 puntos por curso.
Por cursos y jornadas con duración de 51 a 100 horas ambos inclusive: 0,05 puntos por curso.
De igual modo no se valorarán certificaciones de carreras universitarias no acabadas y/o certificados de
asignaturas independientes. Tampoco se valorarán cursos con menos horas de las establecidas, ni
inacabados, ni aquellos en los que no consten las horas realizadas, ni módulos de cursos.
Se presentará copia compulsada de los documentos alegados.
Si ningún aspirante superase las dos primeras pruebas no se entraría a valoración alguna de la fase de
concurso y se declararía desierta la convocatoria.
La calificación definitiva de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada
una de las fases, oposición y concurso.
Realizadas ambas fases, el Tribunal Calificador publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación y
se propondrá para la contratación de los aspirantes que hayan obtenido la mejor puntuación, y como
reservas para casos de vacante, renuncia y /o enfermedad del servicio se designarán a los aspirantes que
hubieran superado las pruebas y no hubieran sido propuestos para su contratación, por el orden de sus
respectivas puntuaciones.
En caso de empate en el resultado final del proceso selectivo, se dará prioridad a las calificaciones obtenidas
en el segundo ejercicio. De persistir el empate, a las calificaciones obtenidas en la prueba test. Y si a pesar de
todo esto, no se consiguiera el desempate, se dará prioridad a quién acredita mayor experiencia profesional
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Hasta un máximo de 2 puntos.
7.2.1.3.- Por otros trabajos prestados como monitor o animador deportivo, o trabajos
relacionados con la actividad deportiva en entidades privadas, por cada mes completo
trabajado en jornada laboral completa de al menos 35 horas semanales, 0,025 puntos. Hasta
un máximo de 1,5 puntos.
La suma de los tres sub-apartados anteriores no podrá superar el máximo establecido para el
apartado de Experiencia, establecido en 3 puntos.
En los casos de que el contrato sea por jornada inferior a 35 horas semanales se aplicará la
puntuación en la parte proporcional que corresponda, siempre tomando en cuenta la base de
las 35 horas semanales como jornada completa.
Justificación de estos méritos:
Será necesario presentar fotocopia compulsada del contrato de trabajo o nombramiento,
además de la vida laboral, debiendo encontrarse reflejado en la misma el periodo de trabajo,
así como certificados de empresas referidos a los contratos de trabajo presentados. Se
acompañará igualmente certificación administrativa si se dispusiera de ella, acreditativa de las
funciones desarrolladas.
7.2.2.- Formación.
7.2.2.1- Por Titulación: Por titulaciones universitarias diferentes de las alegadas para el acceso a
la convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos:
Grados o Licenciaturas: 1 punto.
Diplomatura: 0,5 puntos.
Se presentará copia compulsada de los títulos alegados.
7.2.2.2.- Por cursos certificados (donde quede claramente establecido el número total de horas
realizadas) por instituciones públicas, universidades, federaciones deportivas, relacionados con
la actividad física y deportiva hasta un máximo de 2 puntos:
Por doctorados, masters y postgrado específico del ámbito deportivo y su gestión: 0,35 puntos.
Por cursos y jornadas con duración superior a 200 horas: 0,15 puntos por curso.
Por cursos y jornadas con duración de 101 horas a 200 horas ambos inclusive: 0,10 puntos por curso.
Por cursos y jornadas con duración de 51 a 100 horas ambos inclusive: 0,05 puntos por curso.
De igual modo no se valorarán certificaciones de carreras universitarias no acabadas y/o certificados de
asignaturas independientes. Tampoco se valorarán cursos con menos horas de las establecidas, ni
inacabados, ni aquellos en los que no consten las horas realizadas, ni módulos de cursos.
Se presentará copia compulsada de los documentos alegados.
Si ningún aspirante superase las dos primeras pruebas no se entraría a valoración alguna de la fase de
concurso y se declararía desierta la convocatoria.
La calificación definitiva de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada
una de las fases, oposición y concurso.
Realizadas ambas fases, el Tribunal Calificador publicará la relación de aspirantes por orden de puntuación y
se propondrá para la contratación de los aspirantes que hayan obtenido la mejor puntuación, y como
reservas para casos de vacante, renuncia y /o enfermedad del servicio se designarán a los aspirantes que
hubieran superado las pruebas y no hubieran sido propuestos para su contratación, por el orden de sus
respectivas puntuaciones.
En caso de empate en el resultado final del proceso selectivo, se dará prioridad a las calificaciones obtenidas
en el segundo ejercicio. De persistir el empate, a las calificaciones obtenidas en la prueba test. Y si a pesar de
todo esto, no se consiguiera el desempate, se dará prioridad a quién acredita mayor experiencia profesional
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