Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (02561/2023)
Bases que han de regir la convocatoria, mediante oposición libre, para regular el acceso a una plaza de Mantenedor de Edificios-Conserje, en desarrollo de la oferta de empleo pública ordinaria de 2022
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 2561/2023

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de edictos
anuncios del Ayuntamiento y en el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena (https://zalamea.com/),
se concederá un plazo de cinco días hábiles para la subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se
aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz y en el tablón de anuncios físico del Ayuntamiento y en el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zalamea de la
Serena (https://zalamea.com/). En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el
primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de
anuncios físico del Ayuntamiento y en el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena
(https://zalamea.com/).
Quinto. Tribunal Calificador.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes todos ellos pertenecientes a la administración local. Siendo, como mínimo, uno de ellos, empleado de la
Diputación de Badajoz. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y
de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o
superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada y se regirán por la normativa de aplicación.
Podrán asistir como observadores un representante de las entidades sindicales con representación en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden de la oposición.
Los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador se publicarán en el tablón de anuncios físico del Ayuntamiento y en el de
la sede electrónica del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena (https://zalamea.com/).
Sexto. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
El procedimiento de selección será el de oposición libre, por procedimiento abierto, en los siguientes términos:
La oposición libre consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud, eliminatorias y obligatorias en los términos que a
continuación se señalan para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio (máximo 10 puntos): Ejercicio teórico consistente en un test de cuarenta preguntas, con tres
respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta y basado en el contenido del programa del anexo
II de esta convocatoria. Cada respuesta correcta puntuará 0.25 y cada respuesta incorrecta restará 0.10. Las
respuestas blancas no tienen penalización. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 50
minutos. Para superar esta prueba habrá que obtener un 5 una vez descontadas las preguntas incorrectas
según lo establecido anteriormente.
Segundo ejercicio (máximo 10 puntos): Ejercicio práctico que consistirá en la realización de una prueba
práctica relacionada con el trabajo a desarrollar y a propuesta del Tribunal que versarán sobre las funciones
descritas y según temario. Constará de dos partes y se calificará como máximo con 5 puntos, siendo
necesario obtener una calificación de 2.5 puntos como mínimo para pasar a la siguiente prueba.
Para poder superar la fase de oposición se requiere haber aprobado los dos ejercicios.
No obstante, con los aspirantes que hayan superado al menos una de las pruebas se constituirá una bolsa a efectos de
posibles sustituciones por enfermedad, permisos u otras situaciones que ocasionen reserva de plaza.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 8