Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Arco. (02576/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento del Colaborativo Rural de Construcción 3 Villas II
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente del Arco
Anuncio 2576/2023
vacaciones extraordinarios colectivos, en atención al carácter docente del centro.
8.- Todo el equipo, tanto técnico y docente, como alumnos trabajadores, dispondrán de 3 días de asunto
propio.
Artículo 14.- Permisos y licencias.
El equipo técnico-docente y el alumnado-trabajador, previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y
justificación, tendrá derecho al disfrute de los permisos retribuidos, recogidos en el acuerdo regulador del
Ayuntamiento de Fuente del Arco.
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se
hagan constar las horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal,
que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación
y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de
formación), que deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan
constar las horas de inicio y finalización.
La renovación del DNI o carnet de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones
correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante licitación
correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al Colaborativo Rural con
normalidad después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en
reposo. De no ser así, se considerará que se puede volver al proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a o algún miembro del equipo técnico-docente sepa con
antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del equipo del Colaborativo Rural, además de
aportar el justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias
producidas a lo largo de la semana.
6.- Todo el personal del Colaborativo Rural está obligado a ser puntual.
7.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo técnico-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
8.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo
técnico-docente por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
9.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD.
Artículo 16.- Seguridad Laboral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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vacaciones extraordinarios colectivos, en atención al carácter docente del centro.
8.- Todo el equipo, tanto técnico y docente, como alumnos trabajadores, dispondrán de 3 días de asunto
propio.
Artículo 14.- Permisos y licencias.
El equipo técnico-docente y el alumnado-trabajador, previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y
justificación, tendrá derecho al disfrute de los permisos retribuidos, recogidos en el acuerdo regulador del
Ayuntamiento de Fuente del Arco.
Cuando se alude a "deberes inexcusables de carácter público y personal", se refiere a los siguientes:
La asistencia a consulta médica, que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se
hagan constar las horas de asistencia y consulta.
El acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo su custodia legal,
que deberá acreditarse mediante parte del facultativo en la que se hagan constar las horas de citación
y consulta.
La celebración de exámenes (permiso de conducir, oposiciones, exámenes de centros oficiales de
formación), que deberán acreditarse mediante permiso del órgano competente en la que se hagan
constar las horas de inicio y finalización.
La renovación del DNI o carnet de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones
correspondientes.
La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante licitación
correspondiente.
Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al Colaborativo Rural con
normalidad después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en
reposo. De no ser así, se considerará que se puede volver al proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a o algún miembro del equipo técnico-docente sepa con
antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del equipo del Colaborativo Rural, además de
aportar el justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias
producidas a lo largo de la semana.
6.- Todo el personal del Colaborativo Rural está obligado a ser puntual.
7.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo técnico-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
8.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo
técnico-docente por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
9.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD.
Artículo 16.- Seguridad Laboral.
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