Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Mérida). (02466/2023)
Orden de 27 de abril de 2023 por la que se convoca proceso de selección por el sistema de oposición libre a través del Tribunal Único, para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en ayuntamientos de Extremadura
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Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio

Anuncio 2466/2023

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de dos días y un
máximo de quince días hábiles.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal motivadamente.
La no presentación a cualquiera de las pruebas de la fase de la oposición, en el momento de ser llamadas, determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluida, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
Se utilizará el procedimiento de oposición libre, que constará de dos fases de carácter eliminatorio: Una de
oposición libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura,
incluyendo un período de prácticas en el respectivo Ayuntamiento, por el que haya sido nombrada la persona
aspirante como funcionaria en prácticas.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el
siguiente orden:
a) Prueba de conocimientos: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 120 minutos, un test de 100
preguntas, incluyendo 10 de reserva a efecto de sustitución de las que pudieran contener errores, con al
menos cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida. Versará sobre el contenido del
programa incluido como anexo III en la presente Orden, categoría de Agente de la Policía Local Turno Libre.
Cada tres preguntas contestadas erróneamente, restará una contestada correctamente. Las preguntas no
contestadas no restarán respuestas correctas.
b) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas formuladas en relación con cinco supuestos
prácticos planteados por el Tribunal de Selección. Cada supuesto constará de cinco preguntas, con cuatro
respuestas alternativas, de las cuales una sola será válida, y será valorado de 0 a 10 puntos. La nota final de
esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada supuesto,
siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota final mínima de cinco (5) puntos. El tiempo
para el desarrollo de esta prueba será de 180 minutos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la
parte específica del programa incluido en el anexo III de la presente Orden, categoría de Agente de la Policía
Local Turno Libre.
c) Pruebas físicas: Consistirán en la superación de las pruebas que se detallan en el anexo II de la presente
Orden.
Las personas aspirantes deberán ir provistas y entregar antes del inicio de las pruebas físicas, un certificado
médico extendido en modelo oficial y firmado por una persona colegiada en ejercicio, que acredite su aptitud
física y sanitaria para la realización de las mismas, tal y como se ha hecho constar en la base segunda, punto
1, apartado f), relativa a los Requisitos de las personas aspirantes. La no presentación de dicho certificado
supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando desde ese momento, excluida del proceso
selectivo.
Las marcas a superar y puntuaciones a obtener serán las que se relacionan en el anexo II de la presente
Orden, distinguiendo en cada prueba entre hombres y mujeres y, dentro de cada sexo, por rango de edad.
Las pruebas contenidas en dicho anexo II se realizarán por el orden en que están relacionadas. Para cada una
de ellas las personas aspirantes dispondrán de dos intentos, siempre que el primero fuera declarado nulo por
el Tribunal de Selección.
Para la realización de las pruebas, los opositores y opositoras deberán presentarse con atuendo deportivo.
El llamamiento de los y las aspirantes para la realización de las pruebas físicas se realizará conforme al
resultado obtenido tras el sorteo público que se celebre el día de desarrollo del segundo ejercicio.
Los y las aspirantes que, habiendo superado la prueba de conocimiento y la prueba práctica, no pudieran
realizar las pruebas físicas establecidas en esta convocatoria, por embarazo o parto debidamente acreditados,
realizarán la prueba psicotécnica. En caso de superar esta última, se le reservarán las notas obtenidas en las
dos primeras para una siguiente convocatoria que se desarrolle a través del Tribunal único. Si en esta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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