Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02473/2023)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Bodegas del Lácara"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara
Anuncio 2473/2023
Por una falta leve: Amonestación escrita.
Por dos faltas leves: Amonestación escrita y suspensión de un día de sueldo.
Por tres faltas leves: Consideración de falta grave.
Por una falta grave: Amonestación escrita y suspensión del 25% de la cuantía total del
salario del mes corriente.
Por dos o más faltas graves: Amonestación escrita y suspensión del 50% del salario
mensual. Además, se valorará por parte del equipo responsable, la posibilidad de dar de
baja al alumnado en el itinerario.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento queda abierto a modificaciones, que pudieran introducirse a lo largo del período de vigencia del
proyecto "Las Bodegas de Lácara", las cuales serán comunicadas a las personas interesadas.
En Cordobilla de Lácara, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Serván Expósito.
____________
La Coordinadora
El Docente
Blanca Vega Cuadra
Andrea Ferrari
El equipo participante
Aurora Afonso Sánchez
María Cristina Cerezo González
María Antonia Cano Bote
María Dolores Mañero Reyes
África Pascua Carrasco
Marinela Chanclón Parra
María Gavrilut
María Pilar González González
Francisco Pedrosa Lozano
Gisela Tebar Fernández".
Visto lo anterior, se procede a examen y deliberación, tras lo cual y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y
49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, el Pleno adopta por unanimidad de los Miembros
Presentes.
Primero.- Aprobar inicialmente el Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Bodegas
de Lácara" del que es promotor el Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara.
Segundo.- De conformidad con lo expuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, publicar edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de
la Provincia por el plazo de treinta días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Caso de presentarse reclamaciones estas
se resolverán por el Pleno. Si durante dicho plazo no se presentan alegaciones este acuerdo inicial será
elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por una falta leve: Amonestación escrita.
Por dos faltas leves: Amonestación escrita y suspensión de un día de sueldo.
Por tres faltas leves: Consideración de falta grave.
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salario del mes corriente.
Por dos o más faltas graves: Amonestación escrita y suspensión del 50% del salario
mensual. Además, se valorará por parte del equipo responsable, la posibilidad de dar de
baja al alumnado en el itinerario.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento queda abierto a modificaciones, que pudieran introducirse a lo largo del período de vigencia del
proyecto "Las Bodegas de Lácara", las cuales serán comunicadas a las personas interesadas.
En Cordobilla de Lácara, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Serván Expósito.
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La Coordinadora
El Docente
Blanca Vega Cuadra
Andrea Ferrari
El equipo participante
Aurora Afonso Sánchez
María Cristina Cerezo González
María Antonia Cano Bote
María Dolores Mañero Reyes
África Pascua Carrasco
Marinela Chanclón Parra
María Gavrilut
María Pilar González González
Francisco Pedrosa Lozano
Gisela Tebar Fernández".
Visto lo anterior, se procede a examen y deliberación, tras lo cual y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y
49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, el Pleno adopta por unanimidad de los Miembros
Presentes.
Primero.- Aprobar inicialmente el Reglamento de régimen interno del Proyecto Colaborativo Rural "Bodegas
de Lácara" del que es promotor el Ayuntamiento de Cordobilla de Lácara.
Segundo.- De conformidad con lo expuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, publicar edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de
la Provincia por el plazo de treinta días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Caso de presentarse reclamaciones estas
se resolverán por el Pleno. Si durante dicho plazo no se presentan alegaciones este acuerdo inicial será
elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario.
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