Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02457/2023)
Resolución al recurso de reposición presentado contra la resolución de las ayudas al deporte de 2022
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Ayuntamiento de Mérida

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Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán
expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Sexto.- La Comisión de valoración, siguiendo lo establecido en el artículo 24 de la Ley General de
Subvenciones y aplicando los criterios fijados en la Convocatoria, emite informe de valoración que da lugar a
la propuesta de resolución provisional que el Concejal Delegado Deportes notifica mediante la publicación en
el BOP de 16 de febrero de 2023, iniciando con ello el trámite de audiencia.
Presentadas las alegaciones, son objeto de informe por la Comisión, documento al que se hace referencia en
el anexo III cuyo contenido incluye los motivos de estimación y desestimación de aquéllas, así como la
asignación de cuantías resultante del procedimiento.
Séptimo.- De acuerdo con la base séptima de la convocatoria, lo concluido por dicha Comisión se considera
fundamento válido para la estimación y desestimación de lo alegado a los efectos de la propuesta de
Resolución.
El artículo 25 de la Ley General de subvenciones, establece la obligación del órgano competente de resolver el
procedimiento de concesión en un plazo máximo de seis meses, salvo las excepciones expresamente
previstas. El acuerdo deberá motivarse y dictarse ajustándose a la normativa aplicable. En este sentido y de
conformidad con lo establecido en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas la aceptación de informes o dictámenes servirá de
motivación a la resolución cuando se incorporen al texto de la misma.
En aplicación de lo anterior, servirá de motivación el informe propuesta que emite la Comisión de Valoración
de las Ayudas.
De acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas, por la sesión ordinaria celebrada
por la Junta de Gobierno Local el día 4 de noviembre de 2022, en el que se aprueba el punto 4 de la sesión, la
delegación de las firmas de las resoluciones de la Convocatoria de ayudas.
RESUELVO:
Primero.- Aceptar el contenido del informe emitido por la Comisión de Valoración el 28 de abril de 2023, a los
efectos previstos en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- Estimar el recurso de reposición a don Adrián Rodríguez Mendoza y valorar los méritos deportivos
que no se tomaron en cuenta.
Tercero.- Modificar la asignación de las ayudas de la línea de deportistas y entidades deportivas, según las
cuantías que figuran en el anexo I. siendo el importe objeto de anticipo y pago único para cada entidad y
persona beneficiaria.
Cuarto.- Notificar la presente resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciendo saber que contra la presente resolución se puede
interponer alegaciones en un plazo de 10 días.
Una vez finalizado los plazos mencionados, si no hubiera alegaciones, esta resolución se considerará firme.
Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso conforme a lo dispuesto en
el artículo 124.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber que una vez
finalizado los plazos, se puede interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación
de la presente resolución, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que la persona o entidad interesada pueda ejercitar cualquier otro
recurso que estime procedente.
En Mérida, a fecha de la firma digital.- Órgano Delegado de la Convocatoria de Ayudas al Deporte Municipales 2022.- El
Concejal Delegado de Deportes, Felipe González Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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