Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02423/2023)
Bases para la provisión, como funcionarios de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de tres plazas de Agentes de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 2423/2023
duración difícilmente compatible con las actividades propias del servicio.
3.4. Enfermedades infecciosas y parasitarias que o bien originen trastornos funcionales, exijan un tratamiento
continuado o bien por el riesgo de su contagiosidad sean incompatibles con el desempeño de las funciones
del servicio.
3.5. Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones, hemopatías congénitas o adquiridas que dificulten o limiten
el desarrollo de las funciones propias del servicio o que sean susceptibles de empeoramiento con el aumento
de los requerimientos operativos.
3.6. Enfermedades alérgicas/inmunológicas sintomáticas o no controladas con tratamientos médicos
incompatibles con los requerimientos del servicio o que puedan verse agravadas por las actividades del
servicio.
3.7. Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.
3.8. Afecciones sistémicas del tejido conjuntivo.
3.9. Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los benignos que,
por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con las actividades del servicio.
3.10. Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución, secuelas o por
el tratamiento o su necesidad de control, dificulte o limite significativamente el correcto desempeño de las
funciones encomendadas o supongan un riego para sí mismo o para terceros.
3.11. Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol, o su
detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo de medicación que pueda
disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite para la realización de las
actividades propias del servicio.
4. Ojo y visión.
4.1. Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan producir
alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
4.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
4.3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
4.4. Patologías orbitarias o sus secuelas con repercusión funcional.
4.5. Dacriocistitis de repetición unilateral o bilateral. Epiforas crónicas, uni o bilaterales.
4.6. Blefaroptosis que con la mirada al frente, impida la visión.
4.7. Coloboma congénito de párpado. Alteraciones palpebroconjutivales que dificulten la visión o produzcan
alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropión. Triquiasis y distriquiasis.
4.8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones
conjuntivales cicatriciales.
4.9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas
de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos
intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas.
4.10. Iris, cuerpo ciliar: Inflamaciones del tracto uveal en fase aguda y secuelas definitivas de uveitis antiguas.
Trastornos pupilares con importante repercusión funcional.
4.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo.
4.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino.
Ectopias del cristalino. Afaquia, pseudoafaquia.
4.13. Retina: Retinopatías y alteraciones degenerativas, inflamatorias o tumorales del fondo del ojo que
produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Hemeralopia. Agujeros y desgarros retinianos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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duración difícilmente compatible con las actividades propias del servicio.
3.4. Enfermedades infecciosas y parasitarias que o bien originen trastornos funcionales, exijan un tratamiento
continuado o bien por el riesgo de su contagiosidad sean incompatibles con el desempeño de las funciones
del servicio.
3.5. Enfermedades inmunológicas, intoxicaciones, hemopatías congénitas o adquiridas que dificulten o limiten
el desarrollo de las funciones propias del servicio o que sean susceptibles de empeoramiento con el aumento
de los requerimientos operativos.
3.6. Enfermedades alérgicas/inmunológicas sintomáticas o no controladas con tratamientos médicos
incompatibles con los requerimientos del servicio o que puedan verse agravadas por las actividades del
servicio.
3.7. Enfermedades reumáticas que originen trastornos funcionales.
3.8. Afecciones sistémicas del tejido conjuntivo.
3.9. Tumores malignos y lesiones precancerosas de cualquier localización y forma clínica y los benignos que,
por su tamaño o localización originen trastornos funcionales incompatibles con las actividades del servicio.
3.10. Cualquier hallazgo, alteración, lesión o enfermedad que, bien por sí mismo, su evolución, secuelas o por
el tratamiento o su necesidad de control, dificulte o limite significativamente el correcto desempeño de las
funciones encomendadas o supongan un riego para sí mismo o para terceros.
3.11. Evidencia de consumo de cualquier tipo de sustancia psicotrópica o droga, incluido alcohol, o su
detección analítica en el reconocimiento médico, así como de cualquier tipo de medicación que pueda
disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente incapacite para la realización de las
actividades propias del servicio.
4. Ojo y visión.
4.1. Anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan producir
alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales.
4.2. Pérdida o atrofia de un globo ocular.
4.3. Exoftalmos si interfiere el cierre correcto de los párpados.
4.4. Patologías orbitarias o sus secuelas con repercusión funcional.
4.5. Dacriocistitis de repetición unilateral o bilateral. Epiforas crónicas, uni o bilaterales.
4.6. Blefaroptosis que con la mirada al frente, impida la visión.
4.7. Coloboma congénito de párpado. Alteraciones palpebroconjutivales que dificulten la visión o produzcan
alteraciones morfológicas marcadas. Entropión. Ectropión. Triquiasis y distriquiasis.
4.8. Conjuntivitis crónica. Tracoma. Xeroftalmia. Pterigión uni o bilateral de marcado desarrollo. Alteraciones
conjuntivales cicatriciales.
4.9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas
de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos
intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas.
4.10. Iris, cuerpo ciliar: Inflamaciones del tracto uveal en fase aguda y secuelas definitivas de uveitis antiguas.
Trastornos pupilares con importante repercusión funcional.
4.11. Vítreo. Hemorragias, vitritis. Organización fibrosa del vítreo. Hematoma traumático de vítreo.
4.12. Cristalino: Opacidades del cristalino, catarata unilateral o bilateral. Subluxación y luxación del cristalino.
Ectopias del cristalino. Afaquia, pseudoafaquia.
4.13. Retina: Retinopatías y alteraciones degenerativas, inflamatorias o tumorales del fondo del ojo que
produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Hemeralopia. Agujeros y desgarros retinianos.
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