Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02431/2023)
Aprobación inicial de la Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Puebla del Maestre
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Ayuntamiento de Puebla del Maestre
Anuncio 2431/2023
En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el
depósito o el pago de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país
con quien España mantenga tipo oficial de cambio.
CAPÍTULO II. RECURSOS
Artículo 39. Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 2/05/2023, y
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Puebla del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Ramos Caballero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior respecto a la reducción del 50% y el
depósito o el pago de la multa podrá efectuarse en moneda de curso legal en España o de cualquier otro país
con quien España mantenga tipo oficial de cambio.
CAPÍTULO II. RECURSOS
Artículo 39. Recursos.
Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse el recurso de reposición de carácter potestativo previsto en el
artículo 96 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación.
El recurso se entenderá desestimado cuando haya transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado
resolución expresa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones anteriores del Ayuntamiento, de igual o inferior rango, regulen las materias
contenidas en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza ha sido aprobada por acuerdo plenario del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 2/05/2023, y
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Puebla del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Ramos Caballero.
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