Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (02237/2023)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de siete plazas de Agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, tres correspondiente de la OPE 2022 y cuatro de la OPE 2023
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Ayuntamiento de Mérida

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3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE. La no presentación de las instancias en tiempo y forma
supondrá la exclusión de la persona aspirante.
3.8. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado
3.7 de la base tercera, para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza.
3.9. No se abonarán derechos de examen por no tener aprobada tasa relativa al mismo por parte del
Ayuntamiento de Mérida.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Concejal Delegado de Recursos Humanos, dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidas, así como la de excluidas. Dicha resolución
se publicará en su sede electrónica https://sede.merida.es o en la página web municipal http://merida.es ,
junto con la relación de las personas aspirantes excluidas y causas que han motivado su exclusión.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las personas omitidas en ambas relaciones, dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional de
admitidas y excluidas, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de las
relaciones de admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanasen
la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en su sede electrónica https://sede.merida.es
o en la página web municipal http://merida.es, la resolución elevando a definitiva la lista provisional de las
personas aspirantes admitidas y excluidas, con la inclusión correspondiente como admitidas de aquellas que
fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones.
4.4. Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
4.5. En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la composición del Tribunal
Calificador. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas su sede electrónica
https://sede.merida.es o en la página web municipal http://merida.es, será determinante de los plazos a
efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto como sigue:
a) Presidente o Presidenta: Una persona funcionaria de carrera designada por el Concejal
Delegado de Recursos Humanos.
b) Secretario o Secretaria: Una persona funcionaria de carrera designada por el Concejal
Delegado de Recursos Humanos.
c) 2 vocales representantes del Ayuntamiento de Mérida: Que serán designadas por el Concejal
Delegado de Recursos Humanos, siendo uno de ellos la persona que ostente la jefatura de la
policía local o mando intermedio.
d) 1 vocal representante de la Junta de Extremadura: Una persona funcionaria de carrera
designada por la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales.
5.2. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad, profesionalidad.
asimismo, se tendrá en cuenta el principio de igualdad de género en cuento a la paridad entre hombres y
mujeres del Tribunal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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