Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (02225/2023)
Bases para la provisión, como funcionario o funcionaria de carrera, mediante el sistema de movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, correspondiente a la oferta pública de empleo 2023
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 2225/2023
c. Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, (DOE número 150, de 4 de
agosto).
d. Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de
Extremadura, (DOE número 199, de 15 de octubre).
e. Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción,
movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, (DOE número 119, de 14 de octubre).
f. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. (BOE número 294, de 6 de diciembre).
g. Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
h. Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria.
1.5. El procedimiento de provisión y por lo tanto selección de las personas aspirantes será mediante concurso.
1.6. La asignación definitiva de funciones en puesto de destino se efectuará antes de la toma de posesión, en función de las
necesidades del servicio y previa aprobación de la correspondiente RPT del Ayuntamiento de Mérida.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para poder participar en los procedimientos de concurso por movilidad, las personas aspirantes, además de los
previstos por la legislación básica para acceder a la función pública, deben cumplir, en el momento que finalice el plazo para
solicitar dicha participación, los requisitos previstos en el artículo 55.5 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya.
Además de los previstos por la legislación básica para el acceso a la función pública, las personas aspirantes deben cumplir,
los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local de cualquiera
de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con categoría de Agente u Oficial de la Policía
Local.
b) Haber permanecido como mínimo 3 años en situación de servicio activo en la misma categoría como
funcionario o funcionaria de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de
procedencia.
c) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente
disciplinario, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de la función pública. De producirse la
suspensión o inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso de movilidad por un procedimiento
iniciado con anterioridad a la fecha de la convocatoria del concurso, se entenderán anuladas las actuaciones
respecto de la persona aspirante.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda
actividad por petición propia.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado.
f) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
g) Estar en posesión de los permisos de circulación A2 y B.
2.2. Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes para tomar parte en la convocatoria, mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Solicitudes y fechas de presentación.
Para estas plazas, las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la plataforma de ofertas públicas de empleo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c. Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, (DOE número 150, de 4 de
agosto).
d. Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de
Extremadura, (DOE número 199, de 15 de octubre).
e. Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas con los temas a los que han de
ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las Entidades Locales para el ingreso, promoción,
movilidad en los Cuerpos de Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, (DOE número 119, de 14 de octubre).
f. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. (BOE número 294, de 6 de diciembre).
g. Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
h. Y demás normativa vigente que resulte de aplicación en el momento de la convocatoria.
1.5. El procedimiento de provisión y por lo tanto selección de las personas aspirantes será mediante concurso.
1.6. La asignación definitiva de funciones en puesto de destino se efectuará antes de la toma de posesión, en función de las
necesidades del servicio y previa aprobación de la correspondiente RPT del Ayuntamiento de Mérida.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para poder participar en los procedimientos de concurso por movilidad, las personas aspirantes, además de los
previstos por la legislación básica para acceder a la función pública, deben cumplir, en el momento que finalice el plazo para
solicitar dicha participación, los requisitos previstos en el artículo 55.5 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de
Policías Locales de Extremadura, o normativa que la sustituya.
Además de los previstos por la legislación básica para el acceso a la función pública, las personas aspirantes deben cumplir,
los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario o funcionaria de carrera en alguno de los Cuerpos o plantillas de Policía Local de cualquiera
de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con categoría de Agente u Oficial de la Policía
Local.
b) Haber permanecido como mínimo 3 años en situación de servicio activo en la misma categoría como
funcionario o funcionaria de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de
procedencia.
c) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente
disciplinario, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de la función pública. De producirse la
suspensión o inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso de movilidad por un procedimiento
iniciado con anterioridad a la fecha de la convocatoria del concurso, se entenderán anuladas las actuaciones
respecto de la persona aspirante.
d) Que, a la persona interesada le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda
actividad por petición propia.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado.
f) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
g) Estar en posesión de los permisos de circulación A2 y B.
2.2. Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes para tomar parte en la convocatoria, mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Solicitudes y fechas de presentación.
Para estas plazas, las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la plataforma de ofertas públicas de empleo
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