Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (02207/2023)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Limpiador, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 2207/2023

acuerdo a lo establecido en el artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión de certificado de escolaridad o equivalente.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias. En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán manifestar
que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos que se recogen en la base segunda.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar justificante del
ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidente, se
presentarán en el registro general de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo, se
presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser certificadas dentro del
plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderán que las instancias han tenido entrada en
el registro general del Ayuntamiento en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 8,00 euros (BOP número 144, 29/07/2022).
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
1.º.- Listas provisionales de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada las listas provisionales de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web: www.riberadelfresno.es contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de estos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a
la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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