Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (02160/2023)
Bases y convocatoria de selección para el nombramiento como personal funcionario interino de un Técnico Auxiliar de Informática
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Tercera.- Presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias: Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán manifestar, en sus instancias, que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos recogidos en la base segunda, como se
recoge en el modelo recogido en el anexo I de esta convocatoria. En la página web www.almendralejo.es
estará disponible un modelo de instancia.
Junto a la instancia el/la aspirante deberá acompañar la documentación acreditativa de los méritos que se
aleguen para la fase de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Su falta de acreditación no
supondrá causa de exclusión al concurso-oposición suponiendo, únicamente su no valoración. Los
documentos presentados serán originales o copias compulsadas exclusivamente por los servicios
administrativos del registro donde se presente la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en la Oficina de
Atención Ciudadana de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a los dispuesto por el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, en este caso la parte
interesada deberá adelantar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la
solicitud presentada a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos se presentaran en sobre abierto, para ser fechadas y
selladas por Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este
caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de instancias, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: Atendiendo al principio de celeridad y por la necesidad de atender
razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, el plazo de presentación será de 10 días hábiles a
contar del siguiente a aquel en que aparezcan publicadas las bases integras de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP), en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web:
www.almendralejo.es.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de instancias, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 12,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de candidatos.
1.º.- Lista provisional de admitidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos. La
resolución, que se publicará en tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web:
www.almendralejo.es, contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidos, así como las causas
de exclusión de estas. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada
definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
2.º.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá a
la persona interesada para que en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no
hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidos. Se
concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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