Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (02163/2023)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial Electricista mediante el sistema de oposición libre
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2163/2023

prueba, si se mantiene el empate se optará, de entre estos aspirantes, por el que menos preguntas haya
contestado erróneamente en la primera prueba y de seguir persistiendo se recurrirá a quienes menos
preguntas hayan quedado sin contestar en esa prueba.
Será seleccionado el aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número
de aprobados el de las plazas convocadas, que es de una, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de estas plazas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión como funcionarios en prácticas, la
Alcaldía requerirá del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a
los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
Décima.- Relación de aprobados en la fase de oposición y presentación de documentos.
10.ª.1.- Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá al aspirante seleccionado, por orden de puntuación, y elevará dicha relación al Sr. AlcaldePresidente formulando la propuesta de nombramiento como personal funcionario en prácticas.
10.ª.2.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su nombramiento estará obligada a
presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de
seleccionadas, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta
convocatoria.
Conforme al artículo 12 y apartado 3.b) del anexo I del vigente acuerdo regulador de las condiciones de
trabajo de los empleados públicos las personas seleccionadas deberán superar un reconocimiento médico
realizado por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este Ayuntamiento, que acredite su capacidad funcional
para el desempeño de las tareas.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos y condiciones
exigidas en la convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrada y quedará
automáticamente decaído en sus derechos, quedando sin efectos la totalidad de las actuaciones relativas a
las mismas. Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a
favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el
número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida decaída de derechos.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario de carrera estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo en
este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u organismo público de que dependan,
acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
Undécima.- Nombramiento como personal funcionario en prácticas.
Una vez acreditados los requisitos establecidos por la convocatoria, el Sr. Alcalde-Presidente nombrará al seleccionado
personal funcionario en prácticas y percibirán, con cargo a este Ayuntamiento, las retribuciones que les correspondan.
Durante el nombramiento como funcionario en prácticas tendrán los derechos y obligaciones inherentes a tal situación.
Duodécima.- Fase de periodo de prácticas.
12.ª.1.- Periodo de prácticas y duración: Para obtener la condición de funcionario de carrera, el funcionario en
práctica deberán superar una fase de prácticas evaluables y eliminatorias que tendrá una duración de dos
meses.
12.ª.2.- Contenido del periodo de prácticas: Durante esta fase el funcionario en práctica realizará la funcione
propia del puesto de trabajo al que opta, adscrito al Servicio o Sección de dependencia orgánica.
Compaginará el desempeño de las funciones con formación teórica en prevención de riesgos laborales, con el
conocimiento de los servicios, de los edificios e instalaciones municipales y otros espacios públicos.
12.ª.3.- Evaluación de las prácticas: Se realizará el seguimiento necesario de la actuación de las personas
aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales, respecto al ejercicio de sus funciones. A estos
efectos se le asignará como tutor a un Encargado o funcionario de la especialidad, que informará del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 9 de 14