Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (02161/2023)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Administrativo mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2161/2023
ofrezcan a los aspirantes, se realizará según las preferencias ejercitadas por los interesados y teniendo en
cuenta la puntuación en el proceso selectivo.
Quienes sean nombrados personal funcionario de carrera deberán tomar posesión de su cargo en el plazo
máximo de 30 días siguientes a la notificación del nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada,
quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que viniera desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el funcionario nombrado deberá prestar juramento o promesa de acuerdo
con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. Asimismo, desde la toma de posesión, los
funcionarios quedarán obligados a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a
disposición el Ayuntamiento.
Décimo tercera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo cuarta.- Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
garantía de los derechos digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
14.ª.1.- Información sobre protección de datos.
a) Responsable. Ayuntamiento de Almendralejo.
b) Finalidad del tratamiento: Gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las
pruebas selectivas, de conformidad con las normas de aplicación, con el fin de analizar la
idoneidad de los candidatos. No se emplearán los datos para decisiones automatizadas.
c) Legitimación: Artículo 6.1 e) RGPD Misión realizada en interés público.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
d) Personas destinatarias de cesiones o transferencias: Podrán realizarse las cesiones de sus
datos a otras administraciones públicas relacionadas con su solicitud y las previstas por la ley.
14.ª.2.- Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, limitación,
portabilidad y oposición.
Puede ejercer sus derechos mediante correo electrónico a la atención del Delegado de Protección de Datos a
la dirección: dpd@almendralejo.es o a través del registro de entrada de este Ayuntamiento.
Puede consultar la "información adicional" y detallada sobre protección de datos personales en nuestra
página web: https://www.almendralejo.es/contenido.php?id_area=18&id_bloque=10.
Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección
de Datos: www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en relación a sus datos
personales.
La publicidad de los diferentes listados que se deriven del procedimiento y que sean objeto de exposición
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ofrezcan a los aspirantes, se realizará según las preferencias ejercitadas por los interesados y teniendo en
cuenta la puntuación en el proceso selectivo.
Quienes sean nombrados personal funcionario de carrera deberán tomar posesión de su cargo en el plazo
máximo de 30 días siguientes a la notificación del nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada,
quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que viniera desempeñando.
En el acto de toma de posesión, el funcionario nombrado deberá prestar juramento o promesa de acuerdo
con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. Asimismo, desde la toma de posesión, los
funcionarios quedarán obligados a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a
disposición el Ayuntamiento.
Décimo tercera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo cuarta.- Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y
garantía de los derechos digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
14.ª.1.- Información sobre protección de datos.
a) Responsable. Ayuntamiento de Almendralejo.
b) Finalidad del tratamiento: Gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las
pruebas selectivas, de conformidad con las normas de aplicación, con el fin de analizar la
idoneidad de los candidatos. No se emplearán los datos para decisiones automatizadas.
c) Legitimación: Artículo 6.1 e) RGPD Misión realizada en interés público.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
d) Personas destinatarias de cesiones o transferencias: Podrán realizarse las cesiones de sus
datos a otras administraciones públicas relacionadas con su solicitud y las previstas por la ley.
14.ª.2.- Derechos de las personas interesadas:
Tiene derecho al ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, limitación,
portabilidad y oposición.
Puede ejercer sus derechos mediante correo electrónico a la atención del Delegado de Protección de Datos a
la dirección: dpd@almendralejo.es o a través del registro de entrada de este Ayuntamiento.
Puede consultar la "información adicional" y detallada sobre protección de datos personales en nuestra
página web: https://www.almendralejo.es/contenido.php?id_area=18&id_bloque=10.
Se le informa, además, de su derecho a reclamar ante la autoridad de control (Agencia Española de Protección
de Datos: www.aepd.es) cualquier hecho que considere una violación de sus derechos en relación a sus datos
personales.
La publicidad de los diferentes listados que se deriven del procedimiento y que sean objeto de exposición
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