Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (02151/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades promovidas por el Ayuntamiento de Mérida
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 2151/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 2151/2023
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades promovidas por el
Ayuntamiento de Mérida

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES PROMOVIDAS
POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2022, el texto de la
Ordenanza reguladora de los patrocinios privados de actividades promovidas por el Excmo. Ayuntamiento de Mérida, y no
habiéndose presentado reclamaciones al mismo, se publica el texto completo en el Boletín Oficial de la Provincia en
cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70,2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local.

"ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES PROMOVIDAS POR EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA
El vacío legal existente en la regulación de los patrocinios privados impone la necesidad para el Ayuntamiento de aprobar
una Ordenanza sobre su regulación, haciendo uso de la potestad contemplada en el art. 4 a) de la Ley 7/1985, Reguladora de
las Bases del Régimen Local (LBRL).
A estos efectos, se ha redactado el presente Proyecto de Ordenanza con la especial preocupación, por una parte, de
asegurar la igualdad de oportunidades de las eventuales entidades patrocinadoras privadas que deseen colaborar en actos
municipales, mediante un procedimiento sencillo y público. Y, por otra parte, con la también preocupación de evitar que, vía
patrocinio, se pueda incurrir en fraude legal, en especial en materia de contratación.
En consecuencia, el Ayuntamiento de Mérida, en ejercicio de la potestad reglamentaria contemplada en el art. 4.1 a) LBRL,
acuerda regular los Patrocinios privados de Actividades Municipales mediante la presente Ordenanza conforme a las
disposiciones que a continuación se establecen:
CAPÍTULO I. OBJETO Y CONCEPTO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico de los patrocinios privados que pueden ser objeto de
aceptación por el Ayuntamiento de Mérida.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza, rigiéndose por su legislación específica:
a) Los patrocinios en los que el Ayuntamiento de Mérida actúe como entidad patrocinadora y
no como patrocinado.
b) Los patrocinios en los que intervenga como entidad patrocinadora cualquier Administración
pública o entidad de derecho público dependiente o vinculada a la misma.

Artículo 2. Concepto y modalidades de patrocinio.
1. Tendrán la consideración de patrocinio las aportaciones que, de forma voluntaria, efectúen las personas
físicas o jurídicas para la realización de actividades de interés general de competencia municipal, con el fin de
difundir la imagen, denominación o nombre del producto o servicio del patrocinador/a asociado/a a tales
actividades, así como cualquier otro retorno, a beneficio de la entidad patrocinadora.
2. Las formas de patrocinio sólo podrán consistir en:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 8