Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. (02169/2023)
Acuerdo sobre prestaciones complementarias para los empleados públicos municipales en procesos de incapacidad laboral transitoria del Ayuntamiento de Medina de las Torres
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Ayuntamiento de Medina de las Torres

Anuncio 2169/2023

enfermedad o accidente no laboral, que supere el límite de los cuatro días al año sin deducción
de retribuciones, comportarán la deducción de retribuciones del 50%.
La falta de motivación de las ausencias al puesto de trabajo tendrán la consideración y
tratamiento de ausencias no justificadas al trabajo conllevando, en su caso, la correspondiente
deducción proporcional de haberes según lo previsto en el artículo 30 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria que
pudiera conllevar.
Sexta. Plan de control del absentismo.
Conforme a lo estipulado en la disposición adicional quincuagésima cuarta de la Ley 6/2018, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, el Ayuntamiento de Medina de las Torres, previa negociación con la
representación sindical establecerá un plan de control del absentismo, que será objeto de difusión pública, a
través del respectivo portal de transparencia; en dicho portal se publicarán los datos de absentismo,
clasificados por su causa, semestralmente.
Séptimo. Vigencia.
Estas normas entraron en vigor a partir del día siguiente a su aprobación en sesión plenaria, teniendo efectos
económicos sobre la nómina correspondiente al referido mes de aprobación y en relación a los procesos que
se inicien desde dicha fecha y también a los procesos iniciados con anterioridad a la misma pero que aún se
encuentren vigentes y hasta que se extinga esta, es decir, hasta un máximo de 545 días desde su inicio.
Lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 38.6 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre."
Lo que se hace público para general conocimiento.
Medina de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Delgado Álvarez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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