Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02137/2023)
Resolución de la convocatoria anual de autorización del desempeño de puesto de trabajo del Consorcio para la prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de la Provincia de Badajoz en la modalidad de teletrabajo
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
CONSORCIOS
Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Badajoz
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Resolución de la convocatoria anual de autorización del desempeño de puesto de trabajo del Consorcio para la prestación
del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de la Provincia de Badajoz en la modalidad de teletrabajo

Decreto: En Badajoz, a la fecha de la firma.
La Diputación Provincial de Badajoz aprobó en sesión plenaria celebrada el día 30 de julio de 2021 el Reglamento por el que
se regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Diputación Provincial de Badajoz y sus entidades
dependientes (BOP 29/09/2021), dando cumplimiento así a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura.
Posteriormente, el Consejo de Administración del Consorcio para la Prestación de Servicios de Prevención y Extinción de
Incendios en la provincia de Badajoz, en adelante CPEI, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de febrero de 2023 acordó
entre otros y por unanimidad la adhesión a citado Reglamento regulador del teletrabajo en la Diputación de Badajoz.
En virtud de lo cual, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8.q) del texto refundido de los
Estatutos de CPEI publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 23 de marzo de 2021, tras la celebración de sesión
de la Comisión Técnica de Teletrabajo celebrada el XXXX de 2023, resuelve convocar el proceso anual para la autorización
del desempeño de puestos de trabajo en la modalidad de prestación no presencial bajo la fórmula de teletrabajo, con
sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1. Se convoca el procedimiento para la autorización del desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al Consorcio para
la prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en la provincia de Badajoz (CPEI) en régimen de teletrabajo
para el 2023 que se regirá, además de por lo establecido en estas bases, por lo dispuesto en el Reglamento por el que se
regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en esta Corporación.
2. Las bases de esta convocatoria, así como sus anexos, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y podrán ser
consultados además a través del portal del empleado/a del CPEI.
3. Una vez publicadas las bases de la presente convocatoria, todos aquellos actos administrativos que se correspondan al
desarrollo de la misma serán objeto de publicación en el portal del empleado/a de esta Corporación.
Segunda.- Requisito de las personas solicitantes.
1. Podrán solicitar la prestación del servicio en la modalidad de teletrabajo el personal que preste servicios en CPEI que
reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en situación de servicio activo y haber desempeñado, durante al menos dos años y seguir
desempeñando en la fecha de la solicitud, el puesto de trabajo cuyas funciones pasarían a desarrollarse por
teletrabajo.
b) Desempeñar un puesto de trabajo que se considere susceptible de ser desarrollado en la modalidad de
trabajo no presencial.
c) Disponer o adquirir el compromiso de disponer, en el lugar en el que vaya a realizar el teletrabajo, de los
sistemas de acceso a internet, con las características que defina CPEI, en función de la disponibilidad
tecnológica y la seguridad de los sistemas, en la fecha en que comience la referida modalidad.
d) Haber realizado, con carácter previo, la formación requerida como necesaria para trabajar a distancia.
e) Que el lugar desde el que se vaya a realizar el teletrabajo y que tendrá la consideración de oficina a
distancia cumpla con la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral, lo que se acreditará
mediante declaración responsable de el/la empleado/a público/a que se hará constar en la propia solicitud.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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