Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02128/2023)
Convenio con la consejería competente en materia de coordinación de policías locales de Extremadura y el Ayuntamiento, para implantación del Tribunal Único en la selección para cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 2128/2023
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados
por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, este responderá ante la Junta de Extremadura del resultado
de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la
Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la Junta de
Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del presente convenio, fuera de las circunstancias y para
los fines expresamente pactados en este, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) Devolución de activos.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el encargado del tratamiento se
compromete a la devolución de todos los activos de que haya dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software,
documentación corporativa, equipos y/o recursos materiales. Asimismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de
finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la información y documentación
resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no documentación o almacenar
información en locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez finalizado el plazo
de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado del tratamiento certificaciones de
destrucción de documentos o eliminación de información de los equipos empleados para la realización de objeto del
convenio, asimismo, podrá realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del
tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias
derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a
la administración de la Junta de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) Auditoría.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de cumplimiento con la legislación
aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad
impuestos por parte de la Junta de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
derechos:
Revisar o auditar los mecanismos de salvaguarda de la seguridad de la información que tenga implementados el
encargado del tratamiento y que estén relacionados o implicados con los sistemas utilizados en el convenio.
Revisar o auditar el cumplimiento por parte del encargado del tratamiento con la legislación aplicable.
Requerir al encargado del tratamiento los documentos derivados de los procesos de auditoría llevados a cabo por
este, así como cualquier otra evidencia sobre el cumplimiento con el marco legal aplicable y con los requisitos
impuestos en el convenio.
Solicitar la implementación de cualquier mecanismo organizativo, técnico o jurídico que considere adecuado para
garantizar la seguridad de la información.
Para facilitar el ejercicio de los anteriores derechos por parte de la Junta de Extremadura, el encargado del tratamiento se
compromete a facilitar y participar activamente en el desarrollo de las actividades anteriormente descritas.
G) Cumplimiento con la política de seguridad de la información de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.
El responsable del tratamiento dispone de una política de seguridad de la información, así como de un marco normativo
para su desarrollo, los cuales establecen los controles de seguridad que se deben aplicar con objeto de garantizar la
confidencialidad, disponibilidad, integridad, autenticidad y trazabilidad de la información. Es obligación del encargado del
tratamiento el conocimiento, cumplimiento e implantación de aquellas medidas de seguridad establecidas en el Marco
Normativo que, con base en la naturaleza de los servicios prestados, sea de aplicación. El responsable se reserva el derecho
de exigir al encargado la aplicación de las medidas de seguridad adicionales cuando los requisitos de seguridad de la
información aplicables al servicio así lo requieran.
El encargado del tratamiento deberá concienciar y formar a su personal en materia de seguridad de la información, y en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados
por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, este responderá ante la Junta de Extremadura del resultado
de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la
Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la Junta de
Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del presente convenio, fuera de las circunstancias y para
los fines expresamente pactados en este, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) Devolución de activos.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el encargado del tratamiento se
compromete a la devolución de todos los activos de que haya dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software,
documentación corporativa, equipos y/o recursos materiales. Asimismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de
finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la información y documentación
resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no documentación o almacenar
información en locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez finalizado el plazo
de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado del tratamiento certificaciones de
destrucción de documentos o eliminación de información de los equipos empleados para la realización de objeto del
convenio, asimismo, podrá realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del
tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias
derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a
la administración de la Junta de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) Auditoría.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de cumplimiento con la legislación
aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad
impuestos por parte de la Junta de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
derechos:
Revisar o auditar los mecanismos de salvaguarda de la seguridad de la información que tenga implementados el
encargado del tratamiento y que estén relacionados o implicados con los sistemas utilizados en el convenio.
Revisar o auditar el cumplimiento por parte del encargado del tratamiento con la legislación aplicable.
Requerir al encargado del tratamiento los documentos derivados de los procesos de auditoría llevados a cabo por
este, así como cualquier otra evidencia sobre el cumplimiento con el marco legal aplicable y con los requisitos
impuestos en el convenio.
Solicitar la implementación de cualquier mecanismo organizativo, técnico o jurídico que considere adecuado para
garantizar la seguridad de la información.
Para facilitar el ejercicio de los anteriores derechos por parte de la Junta de Extremadura, el encargado del tratamiento se
compromete a facilitar y participar activamente en el desarrollo de las actividades anteriormente descritas.
G) Cumplimiento con la política de seguridad de la información de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.
El responsable del tratamiento dispone de una política de seguridad de la información, así como de un marco normativo
para su desarrollo, los cuales establecen los controles de seguridad que se deben aplicar con objeto de garantizar la
confidencialidad, disponibilidad, integridad, autenticidad y trazabilidad de la información. Es obligación del encargado del
tratamiento el conocimiento, cumplimiento e implantación de aquellas medidas de seguridad establecidas en el Marco
Normativo que, con base en la naturaleza de los servicios prestados, sea de aplicación. El responsable se reserva el derecho
de exigir al encargado la aplicación de las medidas de seguridad adicionales cuando los requisitos de seguridad de la
información aplicables al servicio así lo requieran.
El encargado del tratamiento deberá concienciar y formar a su personal en materia de seguridad de la información, y en
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