Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02125/2023)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Los Santos de Maimona (Badajoz)
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Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la
Policía Local

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD, DE DOS
PUESTOS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA
Manuel Lavado Barroso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, en el ejercicio de las atribuciones
que le confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha resuelto
convocar la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local del
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, las cuales presentan el siguiente tenor literal:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD, DE DOS
PUESTOS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE MAIMONA
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, con carácter definitivo, de dos puestos de Agente de Policía Local del
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona vacantes, cuyas características y destino se especifican en el anexo I.
El concurso para la provisión de los dos puestos será no singularizado.
Segunda. Requisitos de participación.
Para participar en la convocatoria será necesario acreditar los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario/a de carrera, perteneciente a la subescala de Servicios Especiales, categoría de Agente u
Oficial de Policía Local grupo C1, de cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Haber permanecido, como mínimo, dos años en situación administrativa de servicio activo en la categoría
de Agente u Oficial de Policía Local en el cuerpo o plantilla de la Policía Local del municipio de procedencia
desde la última toma de posesión.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de sus funciones.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. De producirse la
suspensión o la inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso por un procedimiento iniciado
con anterioridad a la fecha de convocatoria del concurso, se entenderán anuladas todas las actuaciones
respecto del aspirante.
e) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
g) No encontrarse en situación de segunda actividad, y que resten como mínimo tres años para pasar a esa
situación por petición propia.
h) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
Los requisitos de esta base segunda deberán cumplirse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento, en su caso, de toma de posesión.
Tercera. Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo recogido en el
anexo II de estas bases, dirigida al señor Alcalde-Presidente, manifestando en la misma que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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