Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02131/2023)
Bases de la convocatoria para el acceso a una plaza de Técnico Medio Gestor del Museo Etnográfico (M.U.V.I.), por el sistema de concurso-oposición libre, correspondiente a la oferta de empleo público 2022
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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No se baremaran publicaciones que constituyan programaciones didácticas, temarios de oposiciones,
unidades didácticas, trabajos de asignaturas de carrera, legislación, publicaciones aparecidas en la prensa
diaria, ni prólogos ni artículos de opinión.
Con carácter general se valoran ejemplares que hayan sido publicados por una empresa editorial u
organismos de reconocido prestigio que aseguren la aplicación de filtros de calidad, quedando excluidas
ediciones de asociaciones o agrupaciones del tipo vecinal, familiar (asociaciones de padres, asociaciones
vecinales, etc.).
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 6 puntos, lo que supone un 6% de la puntuación
total.
Todos los méritos que no se justifiquen dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme a lo aquí
expuesto, no podrán ser considerados.
Fase de oposición (máximo 70 puntos).
Los aspirantes realizaran dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio (máximo 30 puntos): Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60
preguntas, sobre las materias comunes y específicas contenidas en el temario recogido en el anexo I
de las presentes bases (materias comunes y específicas). Para cada pregunta se propondrán diversas
respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán por su orden
correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este ejercicio se valorará con una puntuación
de 0 a 30, lo que supone un 30% de la puntuación total, siendo imprescindible obtener una puntuación de 15
puntos para que se considere aprobado y ser convocado para el segundo ejercicio de la fase de oposición. Se
concede la potestad al Tribunal para decidir, con anterioridad a la realización del mismo, la duración del
ejercicio y la forma de puntuación, especialmente la posibilidad de puntuar negativamente las respuestas
erróneas o que las contestaciones en blanco no penalicen.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier reclamación respecto a las
preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal
procederá a valorar la prueba teórica, publicando el resultado de la misma.
Segundo ejercicio (máximo 40 puntos): Consistirá en la ejecución, desarrollo y resolución de dos
pruebas prácticas, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias
del puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de
los aspirantes, de entre las materias específicas relacionadas en el anexo I.
Con posterioridad, los ejercicios prácticos se expondrán ante el Tribunal Calificador, donde sus miembros, si
lo estiman necesario podrán efectuar las preguntas que estimen pertinentes con la finalidad de determinar la
idoneidad profesional de cada uno de los aspirantes, respecto a las funciones y características del puesto de
trabajo, su adecuación y preparación, y sobre como aquel plantea desempeñar el puesto teniendo en cuenta
sus capacidades comunicativas y las funciones derivadas de la naturaleza del mismo.
Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 40, lo que supone un 40% de la puntuación total, siendo
imprescindible obtener una puntuación de 20 puntos en su conjunto, para que se considere aprobado. En
caso contrario, la nota final de la fase de oposición será simplemente "No supera".
El Tribunal determinará el contenido de cada ejercicio, su puntuación, los criterios de valoración y calificación,
y el tiempo máximo concedido para su resolución. El Tribunal deberá hacer públicos todos estos datos con
antelación a la celebración del ejercicio para conocimiento de los aspirantes.
En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el Ayuntamiento pondrá a
disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o instrumentos necesarios.
Octava.- Calificación de las pruebas y relación de aprobados.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total, hasta un máximo de 100 puntos, de las calificaciones obtenidas en la
fase de concurso (máximo 30 puntos) y las pruebas de la fase de oposición (máximo 70 puntos) por cada aspirante
aprobado. Así se determinara el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, se dará prioridad a la calificación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si persiste el empate, el Tribunal podrá convocar otra prueba para
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ediciones de asociaciones o agrupaciones del tipo vecinal, familiar (asociaciones de padres, asociaciones
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La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 6 puntos, lo que supone un 6% de la puntuación
total.
Todos los méritos que no se justifiquen dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme a lo aquí
expuesto, no podrán ser considerados.
Fase de oposición (máximo 70 puntos).
Los aspirantes realizaran dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio (máximo 30 puntos): Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60
preguntas, sobre las materias comunes y específicas contenidas en el temario recogido en el anexo I
de las presentes bases (materias comunes y específicas). Para cada pregunta se propondrán diversas
respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán por su orden
correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación. Este ejercicio se valorará con una puntuación
de 0 a 30, lo que supone un 30% de la puntuación total, siendo imprescindible obtener una puntuación de 15
puntos para que se considere aprobado y ser convocado para el segundo ejercicio de la fase de oposición. Se
concede la potestad al Tribunal para decidir, con anterioridad a la realización del mismo, la duración del
ejercicio y la forma de puntuación, especialmente la posibilidad de puntuar negativamente las respuestas
erróneas o que las contestaciones en blanco no penalicen.
Una vez finalizado el ejercicio, se abre un plazo de cinco días hábiles para cualquier reclamación respecto a las
preguntas planteadas y plantilla de respuestas correctas facilitada. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal
procederá a valorar la prueba teórica, publicando el resultado de la misma.
Segundo ejercicio (máximo 40 puntos): Consistirá en la ejecución, desarrollo y resolución de dos
pruebas prácticas, en los que el aspirante deberá acreditar el conocimiento y las habilidades propias
del puesto de trabajo ofertado y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de
los aspirantes, de entre las materias específicas relacionadas en el anexo I.
Con posterioridad, los ejercicios prácticos se expondrán ante el Tribunal Calificador, donde sus miembros, si
lo estiman necesario podrán efectuar las preguntas que estimen pertinentes con la finalidad de determinar la
idoneidad profesional de cada uno de los aspirantes, respecto a las funciones y características del puesto de
trabajo, su adecuación y preparación, y sobre como aquel plantea desempeñar el puesto teniendo en cuenta
sus capacidades comunicativas y las funciones derivadas de la naturaleza del mismo.
Este ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 40, lo que supone un 40% de la puntuación total, siendo
imprescindible obtener una puntuación de 20 puntos en su conjunto, para que se considere aprobado. En
caso contrario, la nota final de la fase de oposición será simplemente "No supera".
El Tribunal determinará el contenido de cada ejercicio, su puntuación, los criterios de valoración y calificación,
y el tiempo máximo concedido para su resolución. El Tribunal deberá hacer públicos todos estos datos con
antelación a la celebración del ejercicio para conocimiento de los aspirantes.
En su caso, si a criterio del Tribunal fuera necesario para el desarrollo del ejercicio, el Ayuntamiento pondrá a
disposición de los candidatos los equipos, aplicaciones, materiales o instrumentos necesarios.
Octava.- Calificación de las pruebas y relación de aprobados.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total, hasta un máximo de 100 puntos, de las calificaciones obtenidas en la
fase de concurso (máximo 30 puntos) y las pruebas de la fase de oposición (máximo 70 puntos) por cada aspirante
aprobado. Así se determinara el orden de clasificación definitiva. En caso de empate, se dará prioridad a la calificación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si persiste el empate, el Tribunal podrá convocar otra prueba para
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