Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02131/2023)
Bases de la convocatoria para el acceso a una plaza de Técnico Medio Gestor del Museo Etnográfico (M.U.V.I.), por el sistema de concurso-oposición libre, correspondiente a la oferta de empleo público 2022
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 2131/2023

- Deberá emitir informes sobre la salida temporal, sea cual sea el destino de las obras artísticas fuera de las
instalaciones del museo y también sobre la aceptación en el museo de los depósitos de obras artísticas de
otra titularidad.
- Impulsar las relaciones institucionales y los acuerdos de cooperación y colaboración con otros museos,
entidades e instituciones culturales afines.
- Ostentar la representación institucional ordinaria del museo cuando no este atribuida al propio Delegado de
Museo o Alcalde, en actos de cualquier naturaleza y ante cualquier tipo de organismo, institución o empresa.
- Transmitir la imagen de capacidad profesional, de experiencia en el discurso de las artes visuales y de
eficacia en la gestión y en la administración.
- Definir y coordinar la estructura, contenidos y actualizaciones del área institucional de la página web, redes
sociales y cualquier otro medio que se venga a adoptar.
- Desarrollar una relación buena y efectiva con los medios de comunicación y con el sector del arte.
- Desempeñar estas funciones, entre otras, en consonancia con el contenido de las materias recogidas en el
anexo I de esta convocatoria al margen de todas las derivadas del desarrollo de las actividades del título
exigido para el acceso a este puesto.
Estará además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas. Por tanto no será compatible el ejercicio de las funciones propias con el desempeño de
ningún puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible
sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/19886, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se
establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración Local, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura y demás normativa vigente que resulte de aplicación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Publico aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el
supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados. Las pruebas se realizaran en español.
Tener cumplidos dieciséis años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y no
exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión del título universitario de Grado, o equivalente según los distintos planes de estudios, en alguna de
las siguientes titulaciones académicas: Historia del Arte, Geografía e Historia, Arqueología, Bellas Artes, Antropología,
Conservación-Restauración de Bienes culturales, Conservación-Restauración de Patrimonio Cultural o equivalentes, o
cumplir las condiciones requeridas para obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o
credencial que acredite su homologación.
Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas del puesto al
que se aspira.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas
o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impidan, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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