Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01981/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del funcionamiento del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia domiciliaria del Instituto Municipal de Servicios Sociales
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Instituto Municipal de Servicios Sociales

Anuncio 1981/2023

Número de miembros de la U.F.
N.º de veces el IPREM

N.º de veces el IPREM

1

2

3

1,9+ 0,01 ct

2,1

12

14

16

2,1+ 0,01 ct

2,3

10

12

14

2,3+ 0,01 ct

2,5

8

10

12

2,5+ 0,01 ct

2,7

0

8

10

2,7+ 0,01 ct

2,9

0

6

8

2,9+ 0,01 ct

3,1

0

0

6

3,1+ 0,01 ct

0 más

0

0

0

Para el cálculo del IPREM mensual se tendrá en cuenta el IPREM por doce pagas anuales dividido entre 12 meses.
Para la determinación de la situación económica, se tendrá en cuenta la suma de los ingresos mensuales percibidos por
todos los miembros de la unidad familiar de convivencia, entendiéndose por la misma aquella formada por todas las
personas que, conviviendo en el mismo marco físico, estén unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente
análoga a la conyugal, por adopción, parentesco de consanguinidad o afinidad hasta tercer grado. A estos ingresos se le
descontarán los gastos mensuales asumidos por la unidad familiar de convivencia.
Serán considerados ingresos económicos de la unidad familiar de convivencia todos los obtenidos por los
siguientes conceptos:
1. Los Ingresos netos derivados del trabajo, pensiones y prestaciones reconocidas durante el
año en curso, incluidas las pagas extraordinarias.
2. Los rendimientos netos derivados de actividades económicas.
3. Los rendimientos netos obtenidos del capital inmobiliario (rústico y urbano). Se contabilizará
el 100% de estos ingresos.
4. Los rendimientos netos obtenidos del capital mobiliario.
Serán considerados gastos asumidos por la unidad familiar de convivencia todos los determinados por los
siguientes conceptos:
1. Gastos de alquiler y/o hipoteca (contrato de alquiler legalmente establecido y último recibo
y/o justificante de préstamo hipotecario y último recibo).
2. Gastos por la contratación de personas o servicios para atender la situación de necesidad
(facturas Centro de Día, Ayuda a Domicilio, contrato de cuidadora, contrato ingreso en Centro
Residencial, factura de terapias,etc.).
3. En caso de nulidad, separación o divorcio, copia de la sentencia o acuerdo regulador, y
justificante bancario de pensión compensatoria.

2.- Autonomía Personal (puntuación máxima 35 puntos).

Autonomía
total

Dependencia
moderada

Dependencia
grave

Dependencia total

Actividades instrumentales de la
vida diaria

0

5

8

13

Cuidados personales básicos

0

5

8

13

Comunicación y autonomía
psíquica

0

3

6

9

3.- Situación de la vivienda (puntuación máxima 10 puntos).
3.1. Condiciones de habitabilidad:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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