Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (01892/2023)
Resolución del órgano delegado de 31 de marzo de 2023, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2022
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Ayuntamiento de Mérida

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J) Certificado del club, que acredite estar al corriente con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura
K) Certificado del club que acredite estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.
L) Informe de que el club está al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social
M) Certificado o autorización para la consulta, que acredite que el club está al corriente de pagos con la
Tesorería del Ayuntamiento de Mérida.
___________
ANEXO III: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE AYUDAS DESTINADAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES DEPORTIVAS
MÉRIDA 28 DE MARZO DE 2023
Se inicia la sesión control a las 13:00 horas con la presencia de:
Don Felipe González Martín.
Doña Milagros Sánchez Cidoncha.
Don Francisco Javier Cayetano Higuero.
Don Antonio Morales Murillo.
Se inicia la sesión comprobando, leyendo el informe de la Delegación de Deportes, junto con la documentación registrada,
una vez publicada la resolución provisional y en periodo habilitado al efecto de subsanación, tanto por la plataforma
sede.merida.es, como por el registro físico, (ORVE y Registro municipal) están correctamente presentadas.
Según lo recogido en las bases, los puntos principales en los que se exponen los requerimientos de la convocatoria para la
recepción de las ayudas, así como el baremo para su puntuación y por tanto la concesión de las mismas, son los siguientes:
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas
Quinta.- Solicitudes y documentación a presentar.
Noveno.- Criterios de valoración de solicitudes.
Décima.- Límites de las ayudas y compatibilidad de las mismas.
Además se recuerda lo detallado en el "...Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas,
"... Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.
1. Además del resto de derechos previstos en esta Ley, los interesados en un procedimiento administrativo, tienen los
siguientes derechos:..."
"..e) A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos
en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano
competente al redactar la propuesta de resolución..."
PUNTO 1.- VALORACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS
Se presentan un total de 60 solicitudes, entre entidades deportivas y deportistas, las cuales se presentan para algunas de
ellas, documentación alegando situaciones no contempladas en la resolución provisional, y otras subsanando
documentación que se requería por las bases.
A continuación, se realiza la valoración en la siguiente tabla, de la documentación y la puntuación estimada por los méritos
presentados, junto con las deficiencias detectadas:
Primero.- Una vez revisadas todas las solicitudes, se valoran y se propone para la concesión de ayudas a las personas y
entidades deportivas, las instancias que han presentado la petición según los medios previstos en la convocatoria y que no
han sido excluidos de la misma, relacionándose la puntuación propuesta en las tablas de los anexos, con cargo a la partida
presupuestaria número 3401-48000 (Ayudas al Deporte Base y Desplazamientos) del presupuesto del ejercicio 2023, en las
cantidades máximas recogidas en la convocatoria.
La valoración final, es el resultado de la aplicación de los criterios contemplados en el apartado noveno de la convocatoria,
teniendo en consideración la evaluación de la documentación que consta en cada expediente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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