Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01858/2023)
Bases reguladoras y convocatoria para 2023 de subvenciones a proyectos de vida independiente para personas con discapacidad intelectual o enfermedad
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 1858/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 1858/2023
Bases reguladoras y convocatoria para 2023 de subvenciones a proyectos de vida independiente para personas con
discapacidad intelectual o enfermedad
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA 2023 DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE VIDA INDEPENDIENTE PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O ENFERMEDAD MENTAL POR UN IMPORTE TOTAL DE 24.000,00 EUROS
Introducción/justificación:
La Inclusión social de las personas con accesibilidad universal es un derecho constitucional, y corresponde a los poderes
públicos llevar a cabo políticas que eliminen las barreras que la impiden o dificultan.
El artículo 14 de la Constitución Española dice que: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevaler
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su exclusión social, tiene como objetivo garantizar el derecho a la igualdad
de oportunidades y de trato, …, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso
al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente …
El ayuntamiento de Mérida, a través de su Delegación de Accesibilidad Universal e inclusión, ha elaborado y publicado en el
año 2021, el II Plan Integral de Inclusión de Personas con Diversidad Funcional, en el que se establece el compromiso de
impulsar distintas modalidades de viviendas que garanticen la autonomía y el derecho a la vida independiente, de acuerdo
con las necesidades detectadas en el I Plan Integral de Personas con Discapacidad, que finalizó su vigencia en el año 2019.
Siendo voluntad del equipo del gobierno municipal actual apoyar iniciativas y/o colaborar en el mantenimiento de proyectos
que fomenten la vida independiente de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, es por lo que se
publica esta convocatoria.
Base primera.- Objeto y finalidad de las subvenciones.
Constituye el objeto de estas bases reguladoras el establecimiento del marco para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2023, con la finalidad de financiar aquellos proyectos que promuevan,
desarrollen y/o mantengan viviendas y actuaciones dirigidas a procurar una vida autónoma a personas con diversidad
funcional intelectual o enfermedad mental, proporcionándoles los apoyos necesarios y suficientes con la finalidad de que
puedan desarrollar un proyecto independiente de vida, de manera que estas personas puedan decidir sobre su propia
existencia y participar activamente en la vida de su comunidad, facilitándoles el libre desarrollo de la personalidad.
Base segunda.- Normativa aplicable.
Las subvenciones que se regulan en estas bases reguladoras se regirán, además de por lo dispuesto en la misma, en la
respectiva convocatoria, resolución de concesión y normativa interna de ayudas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de
Mérida, publicada en el BOP de Badajoz el 22 de junio de 2010, y cuantas normas vigentes resulten de aplicación, en
particular, la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Base tercera.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 24.000,00 euros, que irán
imputados con cargo a los créditos consignados en la partida presupuestaria 2316 48003 Subvención Proyectos Vida
Independiente de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Mérida.
Base cuarta.- Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que, teniendo su sede social en
Mérida y desarrollando sus actividades en dicho término municipal, contemplen entre sus objetivos proporcionar los apoyos
necesarios para la inclusión de personas con diversidad funcional intelectual o enfermedad mental.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Bases reguladoras y convocatoria para 2023 de subvenciones a proyectos de vida independiente para personas con
discapacidad intelectual o enfermedad
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA 2023 DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE VIDA INDEPENDIENTE PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O ENFERMEDAD MENTAL POR UN IMPORTE TOTAL DE 24.000,00 EUROS
Introducción/justificación:
La Inclusión social de las personas con accesibilidad universal es un derecho constitucional, y corresponde a los poderes
públicos llevar a cabo políticas que eliminen las barreras que la impiden o dificultan.
El artículo 14 de la Constitución Española dice que: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevaler
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su exclusión social, tiene como objetivo garantizar el derecho a la igualdad
de oportunidades y de trato, …, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso
al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente …
El ayuntamiento de Mérida, a través de su Delegación de Accesibilidad Universal e inclusión, ha elaborado y publicado en el
año 2021, el II Plan Integral de Inclusión de Personas con Diversidad Funcional, en el que se establece el compromiso de
impulsar distintas modalidades de viviendas que garanticen la autonomía y el derecho a la vida independiente, de acuerdo
con las necesidades detectadas en el I Plan Integral de Personas con Discapacidad, que finalizó su vigencia en el año 2019.
Siendo voluntad del equipo del gobierno municipal actual apoyar iniciativas y/o colaborar en el mantenimiento de proyectos
que fomenten la vida independiente de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, es por lo que se
publica esta convocatoria.
Base primera.- Objeto y finalidad de las subvenciones.
Constituye el objeto de estas bases reguladoras el establecimiento del marco para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2023, con la finalidad de financiar aquellos proyectos que promuevan,
desarrollen y/o mantengan viviendas y actuaciones dirigidas a procurar una vida autónoma a personas con diversidad
funcional intelectual o enfermedad mental, proporcionándoles los apoyos necesarios y suficientes con la finalidad de que
puedan desarrollar un proyecto independiente de vida, de manera que estas personas puedan decidir sobre su propia
existencia y participar activamente en la vida de su comunidad, facilitándoles el libre desarrollo de la personalidad.
Base segunda.- Normativa aplicable.
Las subvenciones que se regulan en estas bases reguladoras se regirán, además de por lo dispuesto en la misma, en la
respectiva convocatoria, resolución de concesión y normativa interna de ayudas por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de
Mérida, publicada en el BOP de Badajoz el 22 de junio de 2010, y cuantas normas vigentes resulten de aplicación, en
particular, la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Base tercera.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 24.000,00 euros, que irán
imputados con cargo a los créditos consignados en la partida presupuestaria 2316 48003 Subvención Proyectos Vida
Independiente de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Mérida.
Base cuarta.- Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que, teniendo su sede social en
Mérida y desarrollando sus actividades en dicho término municipal, contemplen entre sus objetivos proporcionar los apoyos
necesarios para la inclusión de personas con diversidad funcional intelectual o enfermedad mental.
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www.dip-badajoz.es/bop
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