Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01754/2023)
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de 2023
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
Anuncio 1754/2023
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de 2023

El Pleno del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera, en sesión ordinaria de fecha 31 de marzo de 2023 adoptó el siguiente
acuerdo:
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones Ayuntamiento de Oliva de la Frontera 2023.
Visto que el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones introdujo la obligación para los
órganos de las administraciones públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones:
Elaborar un plan estratégico de subvenciones, en el que deben concretarse los objetivos y efectos pretendidos con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, sujetándose en todo
caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Considerando que dicho plan estratégico deberá confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento
de subvenciones y las propuestas que se planteen deberán estar recogidas en el Plan estratégico de subvenciones
municipales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases sobre Régimen
Local, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera para 2023",
con el siguiente contenido:
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
El establecimiento de subvenciones por este Ayuntamiento durante el período 2023 se ajustará
a lo previsto en el presente Plan.
Artículo 2.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales del ejercicio 2023 y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
Artículo 3.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y
las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
Artículo 4.
La aprobación del Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de derecho
alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES
Artículo 5.
El Ayuntamiento de Oliva de la Frontera concederá subvenciones a favor de personas o
entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública
o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia
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