Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01587/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico, por el sistema de oposición mediante contrato de interinidad, para el funcionamiento de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 1587/2023

El desempeño del puesto de trabajo se realizará de conformidad con las normas sobre incompatibilidad establecidas en la
cláusula sexta del convenio para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo
Territorial Sostenible.
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Tercera.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de la titulación académica de Aparejador, Arquitecto Técnico o cualquier denominación
de Grado que tenga reconocidas por Ley las atribuciones profesionales de Arquitecto Técnico, o equivalentes,
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
Ministerio de Educación y Ciencia que acredite la citada equivalencia. Los aspirantes con titulaciones
obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de
la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
En el supuesto de invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté
recogida en la normativa del Ministerio que tenga atribuidas la competencia en la materia, u obtenido en el
extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por la Secretaría de Estado de Educación, u
organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.
e) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g) Estar en posesión del carné de conducir clase B.
Cuarta.- Igualdad de condiciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de
su Inclusión Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que
los demás aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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