Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (01519/2023)
Reglamento de régimen interno del programa "Tapatour Villalbuera"
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 1519/2023

3. A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
4. A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
5. A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
- Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades personales.
- Participar en el programa a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces que para tal
fin se dispongan.
- Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento
9.- Deberes
Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas prestan sus servicios en el Proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a de este programa sólo basta con preguntar en las oficinas por la persona
que busca y se le facilitará la comunicación.
Queda prohibido fumar en las horas y lugares de trabajo, solamente se podrá fumar en las pausas y lugares
destinados para ello.
El uso del móvil en las horas de clase queda prohibido. Si algún alumno/a necesita estar localizable durante ese
periodo de tiempo, por algún motivo especial, pueden llamar al teléfono del centro y nosotros le pasaremos la
comunicación.
El uso del ordenador queda restringido para actividades relacionadas con el trabajo del taller.
La comunicación del alumnado con la entidad promotora en todo lo que respecta al programa será a través del
equipo directivo, siendo estos los intermediarios en todo momento.
Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.

Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1. Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que
se contemplan en el mismo.
2. Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3. Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
Asistencia
- El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por su monitor y
equipo directivo, a quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo contrario, se le imputará una
falta por abandono del puesto de trabajo y, en caso de producirse reiteración en dicha conducta, se
procederá abrir expediente disciplinario y, si procede, llegar al despido.
- Los justificantes de faltas tendrán que indicar expresamente cuánto tiempo puede estar ausente del
programa. El justificante de haber asistido a consulta no justifica de por sí todo el día de trabajo.
- En el caso de no asistir en todo el día por motivo médico, se necesitará presentar justificante de baja y alta
médica expedido por el/la facultativo/a.
- En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por parte del equipo
técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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