Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01440/2023)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para el año 2023
14 páginas totales
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Anuncio 1440/2023
b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
c) La pérdida de alguno de los requisitos que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
d) El fallecimiento del beneficiario si fuera el único miembro de la unidad de convivencia.
e) Cambio de residencia a otra localidad.
f) La renuncia de la ayuda concedida.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para toda la anualidad
y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de indebidamente percibidas y nacerá la
obligación de reintegrarlas.
Décima.- Protección de datos.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y
documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del correspondiente expediente administrativo y demás
actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados, así como cualesquiera
otros derechos que les correspondan. Las personas interesadas tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por
motivos relacionados con su situación particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos. La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones
derivadas de estos.
Undécima.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con el importe de la
transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
Decimosegunda.- Régimen de recursos.
Contra la resolución de aprobación de las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ribera del
Fresno, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición,
no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o haya sido
desestimado por silencio administrativo.
Disposición final primera.
Se autoriza a la Sra. Alcalde-Presidenta de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para
el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
Disposición final segunda.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y estarán a disposición de
los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Piedad Rodríguez Castrejón.
__________________
ANEXO I
SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES 2023
1. Datos personales del solicitante:
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) El ocultamiento o falseamiento de datos.
c) La pérdida de alguno de los requisitos que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
d) El fallecimiento del beneficiario si fuera el único miembro de la unidad de convivencia.
e) Cambio de residencia a otra localidad.
f) La renuncia de la ayuda concedida.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para toda la anualidad
y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de indebidamente percibidas y nacerá la
obligación de reintegrarlas.
Décima.- Protección de datos.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y
documentación que la acompañe para la tramitación y gestión del correspondiente expediente administrativo y demás
actuaciones relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados, así como cualesquiera
otros derechos que les correspondan. Las personas interesadas tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por
motivos relacionados con su situación particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos. La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones
derivadas de estos.
Undécima.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con el importe de la
transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de Ribera del Fresno.
Decimosegunda.- Régimen de recursos.
Contra la resolución de aprobación de las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ribera del
Fresno, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición,
no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o haya sido
desestimado por silencio administrativo.
Disposición final primera.
Se autoriza a la Sra. Alcalde-Presidenta de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para
el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
Disposición final segunda.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y estarán a disposición de
los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Piedad Rodríguez Castrejón.
__________________
ANEXO I
SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES 2023
1. Datos personales del solicitante:
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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