Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01331/2023)
Extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a la comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para la realización de actividades dirigidas a promover nuestra cultura, arte, tradiciones y gastronomía durante el año 2023
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Área de Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 1331/2023

proyecto objeto de la solicitud, incluida previsión de aportaciones de los beneficiarios o
participantes en el proyecto.
d) Para aquellas entidades que no estén inscritas en el registro de terceros de la Diputación o
hayan modificado sus datos bancarios, deberán realizar el trámite de alta o modificación a
través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz, accediendo a Economía y Hacienda,
dentro de la sección Trámites por Delegaciones en la siguiente dirección electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=158&ent_id=10&idioma=
1.
Previamente a realizar el trámite, la entidad financiera deberá rellenar el modelo de
certificación bancaria alta a terceros, donde se hará constar el número de cuenta bancaria de la
entidad. Este modelo puede descargarse en la siguiente dirección:
http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
e) Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria con
la Hacienda Estatal, Provincial y con la Seguridad Social, en el caso en que el interesado
deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano gestor recabe los mismos.
f) Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad/CIF.
g) Estatutos.
h) Certificación actualizada de estar inscritas en el registro de asociaciones del territorio donde
se encuentren asentadas. Se considerará también actualizada aquellas certificaciones
expedidas donde conste que la Junta Directiva tiene validez hasta el 31 de diciembre de 2023.
i) Documento acreditativo de la representación legal que ostenta el firmante de la solicitud, a
fecha de presentación de la solicitud de participación en la convocatoria.
j) Certificado emitido por el representante legal de la entidad a fecha de presentación de la
solicitud de participación en la convocatoria, donde se haga constar:
– Número de socios/número de comunidades asociadas.
– Existencia de paridad de hombres y mujeres en la junta directiva de la
comunidad/federación en el momento de presentar la solicitud, entendiéndose
que existe paridad cuando la proporción entre los géneros se encuentre entre el
intervalo 40% y el 60%.
– Porcentaje de participación en las juntas directivas de la comunidad/federación
de jóvenes que tengan menos de 45 años.
– Página web y/o cuentas en redes sociales.

6.- La administración provincial obtendrá de oficio el certificado de inscripción en el Registro Oficial de las
Comunidades Extremeñas en el Exterior de la Junta de Extremadura.
7.- De conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las entidades
interesadas, salvo que conste su oposición expresa, tampoco deberán adjuntar a su solicitud los documentos
ya aportados con anterioridad a cualquier Administración Pública, bastando con que se indique en el
apartado destinado al efecto en el anexo de solicitud de qué documento se trata, en qué fecha se presentó,
ante qué órgano y en qué expediente, para que lo recabe de oficio el órgano gestor. En cualquier caso, si no
fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su aportación al interesado.
8.- Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante que deberá ser ejecutado durante el
ejercicio 2023. En el caso de presentar más de un proyecto, será admitida la primera solicitud que haya tenido
entrada en la sede electrónica de Diputación de Badajoz según fecha y hora, incurriendo en causa de
inadmisión aquellas solicitudes que hubieran tenido entrada con posterioridad, salvo que las solicitudes
presentadas con posterioridad tengan por objeto la subsanación de la presentada en primera instancia.
Quinto. Gastos subvencionables.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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