Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01333/2023)
Extracto de las bases reguladoras de la campaña bonos consumo comercio
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 1333/2023

Gastos subvencionables: Serán objeto de subvención los siguientes gastos vinculados directamente a las
actividades empresariales y dentro del periodo subvencionable.
Gastos de seguros vinculados a la empresa.
Gastos en suministros de energía eléctrica y comunicaciones (internet, teléfono, etc.): siempre vinculados al local
donde se desarrolla la actividad.
Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial.
Intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial.
Gastos de Gestión y asesoramiento, gestión administrativa (laboral, seguridad social, tributos, etc…) y asesoramiento
jurídico, económico y contable.
Cuarta.- Cuantías máximas de la subvención.
Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados,
incluidos los impuestos indirectos, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad
beneficiaria de mil euros (1.000,00 €)
Quinta.- Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes podrá efectuarse a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los
siguientes veinte (20) días hábiles.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Sexta.- Solicitud y documentación.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará físicamente en el Registro del Ayuntamiento:
1.- La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el anexo II, que
se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Guareña. www.aytoguarena.es
2. Lugar de presentación: El anexo II de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación
justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
A.- En la sede electrónica del Ayuntamiento https://guarena.sedelectronica.es
B.- En el Registro del Ayuntamiento de Guareña en horario de 9:00 a 14:00 horas o por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/15 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Guareña, a fecha de la firma digital.- La Concejal Delegada de Económica y Hacienda, Maria Soledad Heras Mora.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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