Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01296/2023)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección de Operario/a de Atención, Mantenimiento y Conservación del Centro Médico de Peñalsordo
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 1296/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Peñalsordo
Peñalsordo (Badajoz)
Anuncio 1296/2023
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección de Operario/a de Atención, Mantenimiento y Conservación
del Centro Médico de Peñalsordo

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN
OPERARIO/A DE ATENCIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL CENTRO MÉDICO DE PEÑALSORDO
(Febrero de 2023)
Primero.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la selección de:

Denominación de la plaza: Operario/a de Atención, Mantenimiento y Conservación del
Centro Médico de Peñalsordo.
Régimen: Laboral temporal. Media jornada.

Personal laboral
temporal

Titulación exigible: Graduado escolar o equivalente.
Sistema selectivo: Concurso.

Concurso de méritos

Funciones a desempeñar: Las propias del puesto descrito.
Segundo. Modalidad del contrato.
La modalidad del contrato es contrato temporal, por período de seis meses, (6 meses) a tiempo parcial, pudiendo
prorrogarse por otros seis meses, de conformidad con el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La presente contratación se efectúa dentro del plan de activación local anual.
La jornada de trabajo será de 20 horas semanales. El horario de trabajo podrá fijarse de forma flexible dependiendo de las
circunstancias del Centro Médico y de la apertura y atención al público, en coordinación con los servicios médicos del centro.
Tercero.- Condiciones de admisión de aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida en la convocatoria.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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