Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01286/2023)
Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades deportivas para el fomento de la actividad física y deportiva a través de la organización de eventos deportivos 2022/2023
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1286/2023

publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Novena.- Criterios de valoración de las solicitudes.
Podrán solicitar las subvenciones que se convocan cualesquiera entidad jurídica sin ánimo de lucro, cuya sede
social se encuentre dentro del término municipal de Almendralejo, así como cualquier federación deportiva,
siendo la naturaleza de la actividad que planteen coincidente con lo previsto en la convocatoria, que no
incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 LGS.
Quedan excluidos de forma expresa los eventos deportivos incluidos en el programa desarrollado por la Junta
de Extremadura denominados Juegos Deportivos Extremeños (JUDEX) y Juegos Especiales Deportivos
Extremeños (JEDEX), así como cualquier jornada de liga incluida en los calendarios regulares de las
federaciones. También quedan excluidos aquellos eventos organizados sólo para los miembros de club.
Una misma entidad deportiva, sólo podrá optar a la subvención para dos eventos deportivos organizados
durante la temporada.
Los proyectos, para ser subvencionados, han de obtener una valoración mínima de 100 puntos, según los
criterios establecidos. Todo proyecto que no alcance ese mínimo no tendrá derecho a subvención, y se
considerará que no reúne los requisitos para ser beneficiario de las ayudas. Junto al proyecto, al desarrollo de
la actividad hay que presentar una ficha económica de gastos, especificando conceptos y presupuesto,
reflejando lo pedido a la subvención y lo que asume la entidad con recursos propios.
Se valorarán las solicitudes de las entidades deportivas, en función de los siguientes criterios:

Número de deportistas (max. 500 ptos.)
(*Si el evento no se ha desarrollado en el momento de presentar la documentación, se tendrá en cuenta el n.º de
participantes de la última edición)
Deportistas categoría + 18 años

1 pto.

Deportista/participantes - 18 años

1,5 ptos
Ámbito de la actividad

Provincial

10 ptos

Autonómica

30 ptos

Nacional
*Para considerarse autonómica deben estar representado, al menos 4
CCAA. .

150 ptos

Internacional
*Para considerarse internacionales deben estar representado, al menos 4
países.

300 ptos

Número de ediciones
1 pto x edición (máximo 30 ptos)
Especial relevancia del evento
(Deben estar reconocidos oficialmente y recogidos en los calendarios de las correspondientes federaciones)
Ctos. de Extremadura

50 ptos

Ctos. España

150 ptos

Ctos Internacionales

300 ptos
Valoración del Proyecto (máximo 300 ptos)

Se tendrá en cuenta la repercusión mediática, la repercusión económica, la calidad del proyecto, el impacto en la
promoción de la práctica deportiva, la participación de varias entidades, el especial interés para la localidad, calidad
de material gráfico presentado, etc..
Décima.- Procedimiento y resolución.
El procedimiento de concesión será el previsto en el artículo 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones.
La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá al Jefe de Servicio o de Sección
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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