Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01298/2023)
Aprobación del Programa de Activación para el Empleo
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"

Anuncio 1298/2023

Parque de maquinaria.
En el transcurso del presente año se pretende asimismo la puesta en marcha de los siguientes servicios:
Oficina de gestión urbanística.
Información, valoración y orientación en materia de servicios sociales.
Mantenimiento, ornato y salubridad en la vía pública.
A tenor del apartado 1 de la disposición adicional novena del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, introducida por la disposición final segunda del Real Decreto-ley 32/2021, de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación
del mercado de trabajo, las Administraciones Públicas podrán realizar contratos para la mejora de la ocupabilidad y la
inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo previstos en la Ley de Empleo, cuya duración no
podrá exceder de doce meses.
Con el desarrollo de este Programa de Activación para el Empleo se pretende ofrecer servicios de calidad con la mayor
garantía para el ciudadano, para lo que serán tenidos en cuenta las bases, diagnóstico y líneas de acción de los municipios y
entidades locales menores, pero adecuándolo a las circunstancias y características de la Mancomunidad Integral de Servicios
"La Serena-Vegas Altas".
Este Programa de Activación para el Empleo mancomunado vendrá a complementar los planes municipales, para, en
definitiva, evitar el desequilibrio territorial y luchar contra el despoblamiento y la falta de inserción laboral.
2.- Objetivos.
El Programa de Activación para el Empleo de la Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" tiene como
objetivo general fomentar la creación de empleo en el territorio mancomunado, si bien atendiendo de forma prioritaria a los
colectivos con más dificultades para acceder al mercado laboral, entre los que podemos destacar:
Jóvenes, especialmente los que buscan su primer empleo o que no hayan finalizado la enseñanza obligatoria.
Mayores de 45 años.
Personas en desempleo de larga duración.
Personas con discapacidad y otros colectivos amenazados de exclusión social.
Personas desempleadas en general.
Teniendo como objetivo general fomentar la creación de empleo en el territorio mancomunado, atendiendo de forma
prioritaria a los colectivos con más dificultades de inserción, a través de este Programa se pretende la puesta en marcha y
ejecución de actuaciones concretas dirigidas a la mejora del nivel de empleo en el territorio mancomunado, persiguiendo los
objetivos específicos que se relacionan a continuación:
Mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo, favoreciendo fundamentalmente la inclusión
juvenil o de las personas con menor probabilidad de inserción laboral.
Dinamizar la colaboración interinstitucional para el fomento del empleo.
Potenciar la innovación, el desarrollo sostenible y los yacimientos de empleo, para asentar población joven y
cualificada en el territorio.
Revitalizar el desarrollo local y comarcal, impulsando la creación de nuevas empresas en torno a la innovación y
fomento del empleo.
Mejorar la oferta de formación a través de la colaboración de los agentes implicados (programas deportivos,
programas de familia, prospección de empleo).
Fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en el territorio mediante el desarrollo de programas de igualdad de
género e inclusión del mayor número de personas en el acceso al mercado de trabajo, fomentando la fijación de
población, del mayor rango de edad posible, sin distinción de sexo.
Fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral para mejorar la inserción laboral de mujeres.
Mejorar las infraestructuras de las entidades integradas en la Mancomunidad, ofreciendo servicios de maquinaria,
desarrollo local, etc.
3.- Medidas.
3.1. Medidas de mejora de la empleabilidad a través de acciones de educación no formal.
El concepto de empleabilidad puede entenderse como la capacidad individual, facultad o disposición que tenemos las
personas para desarrollar, acumular, actualizar y mantener vigentes nuestras competencias, conocimientos y redes de
contactos, en función de los requerimientos del cambiante mercado laboral. De esto se desprende que existen unos
factores clave que permiten a la persona el acceso al mercado de trabajo, los cuales van más allá de lo que son las
habilidades propias de un oficio y las habilidades sociales básicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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