Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01254/2023)
Bases reguladoras de la convocatoria del Plan Provincial de Accesibilidad 2023 a favor de los municipios y entidades locales menores para poner a su disposición elementos que favorezcan la integración de personas con discapacidad
23 páginas totales
Página
Área de Fomento

Anuncio 1254/2023

h) Conjunto de señalética informativa accesible destinada a espacios de parques infantiles.
i) Conjunto de señalética informativa accesible destinada a espacios de parques caninos.
j) Conjunto de bancos y apoyos isquiáticos.
La accesibilidad universal constituye uno de los pilares, que permiten garantizar los derechos de las personas con
discapacidad.
En efecto, la accesibilidad es la única forma de garantizar una adecuada calidad de vida para las personas con discapacidad y
sus familias, ya que sin esta condición sería imposible acceder a la educación, el empleo, el ocio, los servicios, la salud, la
cultura o los programas de desarrollo comunitario, entre otros.
Alienado con esos principios rectores, se consideran las diez líneas definidas en el Plan, como de urgente actuación y las que
tienen más incidencia en los ámbitos de la cultura, el ocio, y la actividad física, por afectar directamente a las personas con
necesidades de accesibilidad en su integración social, y la relación que tienen estos ámbitos con la autonomía personal.
En la convocatoria para el ejercicio 2023, se ha estimado conveniente por una parte, poner a disposición de los municipios la
posibilidad de seleccionar los elementos ofertados en la anterior convocatoria con la finalidad de que puedan satisfacer
necesidades adicionales que puedan existir de estos elementos, permitiéndoles de esta forma ampliar a las distintas
dependencias municipales las zonas destinadas a la asistencia de personas con discapacidad auditiva, reforzar los juegos
infantiles o completar las actuaciones de accesibilidad en todos los vasos de piscina, tanto para adultos como para niños,
que puedan existir en sus instalaciones.
Por otra parte, se incorporan a la presente convocatoria, el suministro e instalación de los siguientes elementos:
a) Conjunto de señalética informativa accesible destinada a espacios de parques infantiles.
b) Conjunto de señalética informativa accesible destinada a parques caninos.
c) Conjunto de bancos y apoyos isquiáticos.
La articulación de la línea de subvenciones en especie expuesta permite alimentar los principios de autonomía y suficiencia
financiera municipal, consagrados en nuestra Carta Magna, recogidos en los artículos 137 y 142, que pivotan de forma
coadyuvante el uno con el otro.
Base 1.- Normativa de aplicación.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.

Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988,
de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales, modificada
por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Base de ejecución número 42 del presupuesto de la Diputación de Badajoz.
Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprobó su Reglamento y demás disposiciones.
Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial para el ejercicio 2023.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.

Base 2.- Objeto.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas reguladoras para el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia no competitiva ordinaria, de los municipios y entidades locales menores, reconocidas
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 23