Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01249/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico, mediante contratación laboral temporal, a jornada completa, por el sistema de oposición libre, para la realización de un programa de prevención con familias y menores en riesgo
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 1249/2023

consistirá en la realización de un supuesto práctico en el que se tendrá que diseñar un instrumento en una hoja de cálculo
de Excel, que permita evaluar una acción formativa del programa y el análisis estadístico de sus datos, tanto de la acción a
realizar, como de los tipos de familias y menores con los que se desarrollen las actividades preventivas, en relación con los
objetivos y funciones del programa. Esta prueba se valorará con un máximo de 30 puntos.
8.3.- La tercera prueba consistirá en un examen oral a través de entrevista personal.
Consistirá en la realización de un examen oral en el que se plantearán cuestiones para valorar los conocimientos técnicos y
planificación de actividades del puesto a desempeñar, así como valoración de la disponibilidad. Esta prueba se calificará con
un máximo de 40 puntos, siendo necesario alcanzar al menos una puntuación de 20 puntos para superarla.
Novena.- Calificación definitiva y relación de aprobados.
El Tribunal elevará a la presidencia, junto con el acta de la última sesión, la propuesta de nombramiento el aspirante que
haya obtenido la mayor puntuación.
Quienes no reúnan los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Décima.- Presentación de documentos y contratación.
10.1.- En el plazo de diez días hábiles a contar de la publicación de la propuesta de nombramiento en la sede electrónica de
esta Mancomunidad, el aspirante propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida en la base tercera.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario de ninguna
de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial, para el acceso al cuerpo o escala objeto de la
presente convocatoria.
d) Informe médico, de no padecer enfermedad o defecto físico que impidan el ejercicio de las
correspondientes funciones.
e) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
10.2.- Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor no presentase la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrá ser contratado, dando lugar a la
invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del tribunal con respecto a ésta, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud.
10.3.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la presidencia efectuará la correspondiente contratación
laboral indefinida.
Undécima.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos
necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
Décimo segunda.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan a la Mancomunidad, al Tribunal y a quienes participen en el proceso selectivo. Tanto las bases,
como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los
interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Contra estas bases, que ponen fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, alternativamente, o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la
presidencia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la
presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoBOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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