Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01249/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir una plaza de Técnico, mediante contratación laboral temporal, a jornada completa, por el sistema de oposición libre, para la realización de un programa de prevención con familias y menores en riesgo
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 1249/2023

5.3.- Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer, alternativamente, o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la
presidencia de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que sea
procedente y estimen oportuno.
5.4.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Sexta.- Tribunal de Selección.
6.1.- La composición del Tribunal de Selección se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Ley 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-. Se
constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, en función de la disponibilidad de
recursos, tendiendo a la paridad entre hombres y mujeres. Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará
sujeto a las normas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.
6.2.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la
composición del tribunal a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros.
6.3.- El tribunal podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control
directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales
colaborarán con el tribunal con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de
abstención y recusación que los miembros del tribunal.
6.4.- El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros.
Séptima.- De los anuncios de las pruebas del proceso selectivo.
Las fechas y lugar para la valoración de méritos serán publicados en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de
Municipios Centro (sede.mimc.es).
Octava.- Fase de oposición (máximo 100 puntos).
Consistirá en la realización de tres pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
8.1.- La primera de ellas consistirá en presentar junto a la solicitud de participación en el proceso de selección, un proyecto
(de obligada presentación por parte de los aspirantes dentro del plazo de solicitudes), consistente en una propuesta relativa
a las funciones asignadas para el Técnico de prevención con familias y menores en riesgo, dentro del ámbito territorial de la
Mancomunidad Integral de Municipios Centro, y cualquier otra circunstancia que considere el Tribunal y que pueda valorar
el mérito y la capacidad del aspirante.
El proyecto deberá tener una extensión máxima de 20 folios tipo Word, tipo de letra Arial, tamaño 12, din A-4. El
incumplimiento de la extensión y formato del proyecto dará lugar a que no se proceda a su valoración.
El proyecto se estructurará y valorará de la forma siguiente:
- Población destinataria: de 0 a 6 puntos.
- Objetivos y fundamentación del programa: de 0 a 6 puntos.
- Funciones generales de actuación: de 0 a 6 puntos.
- Niveles y áreas de intervención: de 0 a 6 puntos.
- Coordinación y evaluación: de 0 a 6 puntos.
El proyecto deberá ser presentado junto con la solicitud de participación en el mismo plazo. Los proyectos que no se
entreguen en el plazo mencionado no serán valorados.
Esta prueba se valorará con un máximo de 30 puntos.
8.2.- La segunda prueba, a la que pasaran los 10 aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación en la prueba anterior,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 7