Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01259/2023)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Oficial de la Policía Local correspondiente a la oferta de empleo público de 2021
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1259/2023

segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del
cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado,
como se recoge en el anexo I a esta convocatoria. A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:
a) Comprobante o justificante acreditativo del pago de los correspondientes derechos de
examen.
b) Se deberá acompañar, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos que se
aleguen para la fase de concurso, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Los documentos
presentados para acreditar los méritos serán originales o copias compulsadas exclusivamente
por los Servicios Administrativos del Registro donde se presente la solicitud. La falta de
acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión al proceso selectivo,
suponiendo, únicamente, su no valoración.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
instancia de parte interesada.
En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
3.ª.2.- Presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se presentarán
obligatoriamente a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento.
3.ª.3.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de
la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.ª.4.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 12,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias. A las personas excluidas
definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía
Presidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de éstos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
4.ª.2.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá
a la persona interesada para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
apercibimiento de que, de no hacerlo así, se entenderá que ha desistido de su solicitud, archivará su instancia
y será excluida de la lista de aspirantes admitidas. Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de
reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista
definitiva, que será pública y expuesta en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo se publicará, en el Boletín Oficial de la
Provincia, resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos, a
través de la que se entenderán contestadas las subsanaciones o reclamaciones de haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no presupone que se les reconozca a las personas interesadas la
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