Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (01260/2023)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de la Policía Local, a seleccionar mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos, correspondiente a la oferta de empleo público de 2022
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1260/2023

específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en dicho apartado.
h) De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquélla persona que mayor puntuación
obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite máximo de puntos por cada
criterio.
i) Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando éste no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Serán seleccionados los aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación sin que puedan superar el
número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria, que es de una.
9.ª.2.- Relación de persona seleccionada: Terminada la calificación, el Tribunal publicará un anuncio que
contendrá a la persona seleccionada y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente para que formule la
propuesta de nombramiento como personal funcionarios de carrera.
9.ª.3.- Presentación de documentos: La persona propuesta para su nombramiento estará obligada a
presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de
la persona seleccionada, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base
segunda de esta convocatoria.
En todo caso, será imprescindible presentar certificación de la entidad local de la que dependan, acreditando
su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El requisito de cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las
correspondientes funciones, se acreditará con la superación de un reconocimiento médico que se realizará
por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este Ayuntamiento.
Si la persona seleccionada no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo
causas de fuerza mayor, no podrán ser nombradas y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en
la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a favor de las siguientes personas
aspirantes que hubiera obtenido mayor puntuación y tuvieran cabida en el número de plazas convocadas, a
consecuencia de la referida anulación.
Décima.- Nombramiento, y toma de posesión.
10.ª.1.-1.ª.- Nombramiento definitivo. El Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución nombrando personal
funcionario de carrera al referido aspirante, publicándose en el "Diario Oficial de Extremadura".
10.ª.1.-2.ª.- Toma de posesión. La persona nombrada funcionaria de carrera deberá tomar posesión de su
cargo en el plazo máximo de 15 días desde su nombramiento. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían
anuladas todas las actuaciones entendiéndose, así mismo, que renuncia a la plaza.
En el indicado plazo, si procede, la nombrada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A
falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto.
En el acto de toma de posesión, la persona nombrada funcionaria deberá prestar juramento o promesa de
acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Décimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las
mismas se expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género
masculino y femenino, según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se
haga referencia.
Décimo segunda.- Protección de datos de carácter personal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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