Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01175/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "Atención Sociosanitaria en domicilios de la localidad de Herrera del Duque"
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

Anuncio 1175/2023

certificado de convivencia.
- Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
- Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media
hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad.
Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos
trabajen. Igualmente, la empleada o empleado podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un
permiso.
- Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave o ingreso hospitalario de un familiar hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y
cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Así mismo, los grados de parentesco en los supuestos anteriores han de entenderse del siguiente modo:
Primer grado: Cónyuge, padres e hijos/as.
Segundo grado: abuelos/as, hermanos/as y nietos/as.
Asimismo cuando se habla de cónyuge debe entenderse referido a toda pareja estable o de hecho, siendo obligatorio
justificar documentalmente la convivencia mediante el correspondiente certificado que la acredite.
- Por el tiempo necesario e indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal, en el caso de consultas médicas siempre que no sea posible asistir a las mismas fuera del horario
laboral, la ausencia se limita al tiempo necesario y se justificará documentalmente su asistencia y la hora de la
cita.
- Igualmente, para acompañar a los descendientes menores de 18 años y padres mayores de 65 años cuando
según informe médico requieran acompañante. En casos de extrema gravedad o deficiencia severa no se
tendrá en cuenta la edad, siendo debidamente justificados tales extremos.
- La realización de exámenes, (exámenes de centros oficiales de formación), que deberán acreditarse
mediante certificación del órgano competente en la que se hagan constar las horas de inicio y finalización, el
día de su celebración.
- La comparecencia a demanda de Juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
Por el tiempo que conlleve la comparecencia.
- Aquellos otros reconocidos por norma legal o convencional.
- Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o
convencionalmente.
- Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
- Dieciséis semanas por parto, siendo dieciocho para el caso de parto múltiple. Podrá distribuirse a elección
de la madre, siempre y cuando se mantengan seis semanas para después del parto, pudiendo en su caso,
disfrutar de las cuatro últimas el padre, si la madre lo estima y no existe grave peligro para la misma.
- Permiso por paternidad. Desde 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual período de
suspensión del contrato de trabajo (16 semanas), incluyendo seis semanas de permiso obligatorio para cada
uno de ellos (Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo y art. 48 y DT 13.ª ET.
Apartado 3.3.1: Justificación documental de ausencia del programa.
El personal de la EPD debe ser autorizado y justificar toda ausencia documentalmente.
- El trabajador/a que solicite permiso por acompañamiento, debe presentar certificado de convivencia y/o de
dependencia de la persona a la que se acompaña, y un justificante médico indicando que al familiar al que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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