Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01146/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza de servicios y realización de actividades urbanístico, Ordenanza reguladora de la tasa por ocupación de terreno con residuos y modificación de la tasa por expedición de documentos
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

Anuncio 1146/2023

4. Residuos de categoría IV: Residuos inertes adecuados para su uso en obras de restauración,
acondicionamiento y relleno o con fines de construcción, y deberán responder a alguna de las siguientes
características:
- El rechazo inerte, derivado de procesos de reciclado de residuos de construcción y demolición
que, aunque no cumplan con los requisitos establecidos por la legislación sectorial aplicable a
determinados materiales de construcción, sean aptos para su uso en obras de restauración,
acondicionamiento y relleno.
- Aquellos otros residuos inertes de construcción y demolición cuando sean declarados
adecuados para restauración, acondicionamiento y relleno, mediante resolución del órgano
competente en materia ambiental de la Junta de Extremadura o del órgano competente en
materia de minas cuando la restauración, acondicionamiento y relleno esté relacionada con
actividades mineras.
5. Obra de construcción o demolición: La actividad consistente en:
- La construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble, tal
como un edificio, carretera, presa, instalación deportiva o de ocio, así como cualquier otro
análogo de ingeniería civil.
- La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o del subsuelo,
tales como excavaciones, inyecciones, urbanizaciones u otros análogos, con exclusión de
aquellas actividades a las que sea de aplicación la Directiva 2006/21/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 15 de marzo, sobre la gestión de los residuos de industrias
extractivas.
6. Obra menor de construcción o reparación domiciliaria: Obra de construcción o demolición en un domicilio
particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y
económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número
de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados/as.
7. Productor de residuos de construcción y demolición:
- La persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en una obra de construcción o
demolición; en aquellas obras que no precisen de licencia urbanística, tendrá la consideración
de productor/a del residuo la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto de una
obra de construcción o demolición.
- La persona física o jurídica que efectúe operaciones de tratamiento, de mezcla o de otro tipo,
que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de los residuos.
- El/la importador/a o adquirente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea de
residuos de construcción y demolición.
8. Poseedor/a de residuos de construcción y demolición: La persona física o jurídica que tenga en su poder los
residuos de construcción y demolición y que no ostente la condición de gestor/a de residuos. En todo caso,
tendrá la consideración de poseedor/a la persona física o jurídica que ejecute la obra de construcción o
demolición, tales como el constructor, los subcontratistas o los trabajadores autónomos. En todo caso, no
tendrán la consideración de poseedor/a de residuos de construcción y demolición los trabajadores por cuenta
ajena.
9. Tratamiento previo: Proceso físico, térmico, químico o biológico, incluida la clasificación, que cambia las
características de los residuos de construcción y demolición reduciendo su volumen o su peligrosidad,
facilitando su manipulación, incrementando su potencial de valorización o mejorando su comportamiento en
el vertedero.
10. Plantas de transferencia: Son instalaciones para el depósito temporal de residuos de la construcción que
han de ser tratados o eliminados en instalaciones localizadas a grandes distancias. Su cometido principal es
agrupar residuos y abaratar costes de transporte, si bien en ocasiones se efectúa en ellas algún proceso
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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