Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calera de León. (01129/2023)
Bases para cubrir una plaza de Auxiliar Guía Turístico laboral fijo, dentro del proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Calera de León, mediante concurso
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Ayuntamiento de Calera de León

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7.5. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, a partir de su constitución, el Tribunal requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes,
para actuar válidamente.
7.6. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.7. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.8. El Tribunal, a efectos de indemnización por razón de servicios en concepto de asistencias, está incluido en la categoría
segunda del artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
8.ª Sistema de selección y pruebas selectivas.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso.
• Fase de concurso: (10 puntos).
Los aspirantes deberán aportar junto con la solicitud y en el plazo concedido para la presentación de la misma, toda la
documentación acreditativa de los méritos a valorar en el concurso. La no presentación de dicha documentación en el
referido plazo, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal
motivadamente, comporta que no podrá presentarse con posterioridad, toda vez que en plazo concedido para, subsanación
o mejora, dicho trámite solo podrá realizarse sobre lo ya presentado. No pudiendo ser valorada por el Tribunal.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso, conforme a estas bases y en especial:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta del Ayuntamiento de
Calera de León, emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad y experiencia laboral en el Ayuntamiento de Calera de León. Se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número uno, es decir,
primero los documentos referentes a la experiencia profesional y a continuación los relativos a los de formación.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
8.1. Experiencia laboral (máximo 6 puntos).
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectivamente
trabajada en la proporción que se haya realizado.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de
contratos de trabajo temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de
25 de junio.
8.1.1. Un máximo de 5 puntos, por el desempeño en el Ayuntamiento de Calera de León de
puestos de Auxiliar Guía Turístico o superior con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general como personal funcionario interino, personal laboral fijo, o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en base a lo establecido en la disposición adicional sexta de
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público.
Se otorgaran 0,10 puntos por cada mes completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses, se consideraran
de 30 días.
Este extremo se justificará de oficio por el propio Ayuntamiento que lo remitirá al Tribunal de
Selección.
8.1.2. Un máximo de un punto, por el desempeño del puesto de trabajo de la categoría
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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