Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (01050/2023)
Bases y convocatoria para cubrir dos plazas de Oficiales de Primera de la Construcción
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 1050/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Azuaga
Azuaga (Badajoz)
Anuncio 1050/2023
Bases y convocatoria para cubrir dos plazas de Oficiales de Primera de la Construcción
Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía número 2023/152, de fecha 3 de marzo, las bases y la convocatoria para
cubrir las plazas de dos Oficiales de Primera de la Construcción, en régimen laboral fijo, por el sistema de concursooposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE DOS
PLAZAS DE OFICIALES DE PRIMERA DE LA CONSTRUCCIÓN EN RÉGIMEN LABORAL
Primera. Normas generales.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo
correspondiente al ejercicio del año 2022, aprobada por resolución de Alcaldía número 2022/602, de fecha 29 de julio,
publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 153, de fecha 9 de agosto de 2022, cuyas características son:
Denominación de la plaza
Oficial primera de la construcción
Régimen
Personal laboral fijo
Unidad/Área
Servicio de obras
Categoría profesional
Oficial de Primera de la Construcción
Titulación exigible
Certificado de Escolaridad o equivalente
Sistema selectivo
Concurso-oposición
N.º de vacantes
Dos
Funciones encomendadas
Las asignadas en RPT
Segunda. Modalidad del contrato.
La modalidad del contrato es la de contrato fijo a jornada completa.
La jornada de trabajo será la establecida en la legislación vigente y en el convenio colectivo del Ayuntamiento. La retribución
será la establecida en el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Azuaga y demás disposiciones y
acuerdos que resulten aplicables.
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por
ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones
propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por
haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b)
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía número 2023/152, de fecha 3 de marzo, las bases y la convocatoria para
cubrir las plazas de dos Oficiales de Primera de la Construcción, en régimen laboral fijo, por el sistema de concursooposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN DE DOS
PLAZAS DE OFICIALES DE PRIMERA DE LA CONSTRUCCIÓN EN RÉGIMEN LABORAL
Primera. Normas generales.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo
correspondiente al ejercicio del año 2022, aprobada por resolución de Alcaldía número 2022/602, de fecha 29 de julio,
publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 153, de fecha 9 de agosto de 2022, cuyas características son:
Denominación de la plaza
Oficial primera de la construcción
Régimen
Personal laboral fijo
Unidad/Área
Servicio de obras
Categoría profesional
Oficial de Primera de la Construcción
Titulación exigible
Certificado de Escolaridad o equivalente
Sistema selectivo
Concurso-oposición
N.º de vacantes
Dos
Funciones encomendadas
Las asignadas en RPT
Segunda. Modalidad del contrato.
La modalidad del contrato es la de contrato fijo a jornada completa.
La jornada de trabajo será la establecida en la legislación vigente y en el convenio colectivo del Ayuntamiento. La retribución
será la establecida en el convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Azuaga y demás disposiciones y
acuerdos que resulten aplicables.
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por
ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones
propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por
haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b)
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
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