Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00980/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de Técnico de Administración Especial de Control Financiero del Ayuntamiento de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
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preguntas más 10 adicionales como reserva, con cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente una de
ellas correcta, relacionadas con el temario recogido en el anexo I.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como reservas, las cuales sustituirán,
siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de
anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las
respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días
hábiles a partir de la publicación de la plantilla de respuestas en la página del Ayuntamiento de Badajoz. Si el
Tribunal Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas en
dicha web antes de la publicación del listado de aspirantes que superen la prueba.
- Segundo ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de hora y media, un tema elegido por el aspirante
entre dos extraídos al azar entre los temas del anexo específico de cada convocatoria.
Los ejercicios deberán escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro de los tribunales,
evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
En este ejercicio, se valorará la capacidad y formación general, la claridad de las ideas, la precisión y rigor en la
exposición y la calidad de expresión escrita.
Previamente a la calificación del ejercicio el tribunal informará y hará público los criterios de valoración.
- Tercer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de la
convocatoria, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno que no podrá exceder de 150 minutos. El
supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos los aspirantes y se elegirá inmediatamente
antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las personas aspirantes, de entre dos supuestos
previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente a la realización del mismo, el tribunal
informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las distintas partes o preguntas que se puedan
incorporar al supuesto.
2. El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso, deberá
exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de
participación.
Octava.- Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y
hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de
hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que
tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de
los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la
prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa
de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la
solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba. En cualquier caso, la situación del/de la aspirante quedará
condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no
pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la
realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas provisionales de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá requerir a los/as aspirantes para que
acrediten su identidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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preguntas más 10 adicionales como reserva, con cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente una de
ellas correcta, relacionadas con el temario recogido en el anexo I.
El cuestionario que se proponga contendrá diez preguntas adicionales como reservas, las cuales sustituirán,
siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de
anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las
respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días
hábiles a partir de la publicación de la plantilla de respuestas en la página del Ayuntamiento de Badajoz. Si el
Tribunal Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas en
dicha web antes de la publicación del listado de aspirantes que superen la prueba.
- Segundo ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de hora y media, un tema elegido por el aspirante
entre dos extraídos al azar entre los temas del anexo específico de cada convocatoria.
Los ejercicios deberán escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro de los tribunales,
evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
En este ejercicio, se valorará la capacidad y formación general, la claridad de las ideas, la precisión y rigor en la
exposición y la calidad de expresión escrita.
Previamente a la calificación del ejercicio el tribunal informará y hará público los criterios de valoración.
- Tercer ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de la
convocatoria, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno que no podrá exceder de 150 minutos. El
supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos los aspirantes y se elegirá inmediatamente
antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las personas aspirantes, de entre dos supuestos
previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente a la realización del mismo, el tribunal
informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las distintas partes o preguntas que se puedan
incorporar al supuesto.
2. El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso, deberá
exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de
participación.
Octava.- Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento
único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán
apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y
hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de
hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que
tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de
los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la
prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa
de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la
solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba. En cualquier caso, la situación del/de la aspirante quedará
condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no
pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la
realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas provisionales de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá requerir a los/as aspirantes para que
acrediten su identidad.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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